STSJ Galicia 4677/2008, 3 de Diciembre de 2008

PonenteJOSE MARIA CABANAS GANCEDO
ECLIES:TSJGAL:2008:7926
Número de Recurso3123/2008
Número de Resolución4677/2008
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0003123 /2008 interpuesto por CONSELLERIA DE TRABALLO E SERVICIOS SOCIAIS

contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de A CORUÑA siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA CABANAS GANCEDO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por CONSELLERIA DE TRABALLO E SERVICIOS SOCIAIS en reclamación de CESION ILEGAL siendo demandados Carlos Manuel , Alfredo , Gabriel , UTE NOVO HOSPITAL XERAL DE LUGO, SERVICUR SERVICIOS AUXILIARES, SL, CONSTRUCTORA SAN JOSE, SA, Emilio . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000436 /2007 sentencia con fecha veintidós de Noviembre de dos mil siete por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de A Coruña en fecha 6 de marzo de 2007 realiza el acta n° 228/2007 que Consta unida a las presentes actuaciones, dándose por reproducida y en la que se señala que por la Inspectora se ha examinado la escritura de constitución de SERVICUR así como los contratos de trabajo de los trabajadores allí referenciados Asimismo hace mención a que la empresa SERVICUR ha suscrito contrato con UTE NOVO HOSPITAL XERAL DE LUGO en fecha14 de octubre de 2003 en el que se pactan los trabajos siguientes: controlador (2 hombres x 250 hombres x 54 meses) y el precio. El plazo es de octubre 2003 a junio 2007.-En base a tales hechos la Inspectora de Trabajo actuante considera los mismos constitutivos de una cesión ilegal de trabajadores, infracción tipificada como muy grave en el Real Decreto 5/2000 y propone la sanción de 7.000 €.-

SEGUNDO

La empresa SERVICUR SERVICIOS S.L. se constituye el 2 de diciembre de 1999. El objeto social de dicha empresa es: la prestación de servicios intensivos a empresas, y en particular: custodia, seguridad y protección guardia y custodia de vehículos; protección contra todo tipo de riesgos; limpiezas interiores y especializadas; servicios de saneamiento interior y exterior; mantenimiento y acondicionamiento de parques y jardines; recadería, reparto y manipulación de correspondencia; mantenimiento y reparación de maquinaria; mantenimiento y gestión de instalaciones de todo tipo; alquiler de bienes muebles e inmuebles; enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional; adiestramiento y otras atenciones a animales domésticos y de trabajo ; transpones de personas y mercaderías ; carga y descarga de mercaderías, publicidad y relaciones públicas; servicios domésticos y personales; colocación y suministro de personal; gestión y dirección administrativa ; servicios auxiliares de la construcción control de calidad.- La precitada empresa está inscrita en el Registro Mercantil y anualmente formaliza el depósito de las cuentas anuales. La empresa SERVICUR SERVICIOS AUXILIARES tiene más de cincuenta trabajadores.- TERCERO.- Los trabajadores parte en el presente están contratados por la empresa SERVICUR SERVICIOS AUXILIARES S.L. son: - D. Carlos Manuel , contrato de trabajo temporal con duración del 22 de mayo de 2006 a 21 de mayo de 2007, prorrogado en el 22 de mayo de 2007 por dos años mas. -D. Gabriel : contrato de trabajo temporal con duración del 22 de mayo de 2006 a 21 de mayo de 2007, prorrogado en el 22 de mayo de 2007 por dos años mas. -D. Alfredo contrato para obra o servicio determinado firmado el 5 de noviembre de 2003. -D. Emilio , con contrato de trabajo por obra determinada, con duración desde el 18 de enero de 2007 a fin de obra.- CUARTO.- La UTE NOVO HOSPITAL XERAL DE LUGO está constituida por a CONSTRUCCIONES SAN JOSE S.A y CS OBRAS Y PROYECTOS y CONSTRUCCIONES SA. figurando inscrita en el Registro Especial de Uniones Temporales de Empresas con el número 01881/2002 La referida UTE resultó adjudicataria de la obra de construcción del Novo Hospital Xeral de Lugo En fecha 14 de octubre de 2003 la UTE y SERVICUR SERVICIOS AUXILIARES S.L. firman un contrato que obra en autos y cuyo contenido se da por reproducido con el siguiente objeto: "1.1. El presente contrato y sus anexos, son los únicos documentos válidos para regular las relaciones entre las partes y dejan sin efecto cualquier previsión contenida en la oferta del SUBCONTRATISTA y en la documentación precedente a la firma de este contrato.-1.2. El CONTRATISTA encarga al SUBCONTRATISTA la ejecución de los trabajos descritos en el ANEXO N° 1 por los precios unitarios y cantidades indicados en el mismo, para ser realizados según las exigencias del proyecto de obra, de los requisitos del suministro de los anexos de este contrato y de las especificaciones del pliego de obra, de los requisitos del suministros de los anexos de este contrato y de las especificaciones del pliego de condiciones de la PROPIEDAD de las obras que le afecten que el SUBCONTRATISTA declara expresamente conocer.-1.3 El SUBCONTRATISTA reconoce como únicos interlocutores válidos a efectos de este contrato a los representantes legales del CONTRATISTA ateniéndose de mantener contacto con la PROPIEDAD o DIRECCION FACULTATIVA sin autorización expresa del CONTRATISTA".- En el...

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