STSJ Andalucía 1224/2017, 20 de Abril de 2017

ECLIES:TSJAND:2017:4352
Número de Recurso1297/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1224/2017
Fecha de Resolución20 de Abril de 2017
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 1297/16-L, sentencia nº 1224/17

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, MELILLA,CEUTA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veinte de Abril de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1224/17

En el recurso de suplicación interpuesto por la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, representado por el Letrado de la Junta de Andalucía, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla en sus autos núm. 0970/14; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue demandado, junto a TECNOLOGIA Y SERVICIOS AGRARIOS SA (TRAGSATEC SA), por Dª. María Luisa, Dª. Amelia, D. Cristobal y Dª. Carlota, en demanda de fijeza electiva, se celebró el juicio y el 14 de septiembre de 2015 se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión declarando la existencia de cesión ilegal de trabajadores entre las demandadas, así como el derecho de los actores a adquirir la condición de trabajadores indefinidos no fijos en la CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, con los derechos y obligaciones que le correspondan a un trabajador que preste servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo en la Junta de Andalucía y con la antigüedad desde el inicio de la relación laboral.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º) La actora María Luisa, mayor de edad y con DNI nº NUM000, viene prestando servicios desde el 8/3/1999 formalmente por cuenta de la empresa TRAGSATEC SA, con la categoría profesional de oficial primera administrativa (nivel salarial 8) y un salario diario a efectos de despido de 47,44 €, en virtud de un contrato temporal de la citada fecha a tiempo completo por obra o servicio determinado, que fue seguido por un segundo contrato temporal de fecha 1/1/2002, y convertido en indefinido el 1/05/2002, realizando sus funciones para la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, concretamente para el servicio de Planificación y Liquidación de Campañas de la Dirección General de Fondos Agrarios.

  1. ) La actora Amelia, mayor de edad y con DNI nº NUM001, viene prestando servicios desde el 20/2/2009 formalmente por cuenta de la empresa TRAGSATEC SA, con la categoría profesional de técnico de cálculo (administrativo) y un salario diario a efectos de despido de 54,01 €, en virtud de un contrato temporal de la citada fecha a tiempo completo por obra o servicio determinado, realizando sus funciones para la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, concretamente para el servicio de Seguros Agrarios y Adversidades Climáticas de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.

  2. ) El actor Cristobal, mayor de edad y con DNI nº NUM002, viene prestando servicios desde el 8/3/2007 formalmente por cuenta de la empresa TRAGSATEC SA, con la categoría profesional de titulado de grado medio (nivel salarial 2) y un salario diario a efectos de despido de 56 €, en virtud de un contrato temporal a tiempo completo por obra o servicio determinado de dicha fecha, que fue seguido por otros contratos temporales de fechas 24/3/2008 y 17/12/2008, realizando sus funciones para la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, concretamente para el servicio de Control e Inspección de Campo.

  3. ) La actora Carlota, mayor de edad y con DNI nº NUM003, viene prestando servicios desde el 18/11/2008 formalmente por cuenta de la empresa TRAGSATEC SA, con la categoría profesional de titulado de grado medio (nivel salarial 2) y un salario diario a efectos de despido de 50,41 €, en virtud de un contrato temporal de la citada fecha a tiempo completo por obra o servicio determinado, realizando sus funciones para la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, concretamente para el servicio de Producción Agrícola de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera.

  4. ) La empresa TRAGSATEC SA (TECNOLOGIA Y SERVICIOS AGRARIOS SA), filial de TRAGSA (Empresa de Transformación Agraria, S.A.), es una sociedad estatal con participación de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulada en el artículo 88 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, y por Real Decreto 371/99 de 5 de marzo, prevista en el artículo 6.1 a) de la Ley General Presupuestaria, cuyo objeto, entre otros, es la realización a instancia de terceros, de actuaciones, trabajos, asistencias técnicas, consultorías y prestación de servicios en los ámbitos rural, agrario, forestal y medioambiental, dentro o fuera del territorio nacional, directamente o a través de sus filiales.

    En virtud de diversas órdenes de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, que constan en el ramo de prueba de la empresa Tragsatec, se resolvió adjudicar a la citada empresa la ejecución de diversas encomiendas de gestión, que damos por reproducidas.

  5. ) Durante todo el periodo de prestación de servicios y con independencia de la titularidad formal de la relación jurídica que la sustentaba, los actores han desarrollado su trabajo bajo la supervisión, dirección y planificación de los Jefes de servicio correspondientes, radicando su centro de trabajo en las dependencias de la Consejería de Agricultura y Pesca, sitas en la calle Tabladilla s/n, y realizando funciones consistentes en la gestión y auxilio administrativo de las tareas propias de los Servicios administrativos reseñados, conforme se describen en el hecho segundo de cada demanda, y que damos por reproducidas.

    Desde el mes de marzo de 2015 los actores han sido trasladados a dependencias de la empresa TRAGSATEC sitas en el polígono Parsi de Sevilla.

  6. ) Tales funciones se desarrollan por los actores con los medios materiales e informáticos de la citada Consejería, con acceso a internet o utilización de aplicaciones a través de claves de acceso y permisos de usuario propios, y su jornada es la ordinaria y con el horario general del resto del personal...

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