STSJ Galicia 294/2017, 17 de Enero de 2017
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO |
ECLI | ES:TSJGAL:2017:161 |
Número de Recurso | 3025/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 294/2017 |
Fecha de Resolución | 17 de Enero de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 32054 44 4 2016 0000717
Equipo/usuario: BC
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0003025 /2016 . BC
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000177 /2016
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Eutimio
ABOGADO/A: MARIA SERGIA SUAREZ LEAL
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ
ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO
En A CORUÑA, a diecisiete de enero de dos mil diecisiete.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0003025/2016, formalizado por la LETRADA Dª SERGIA SUÁREZ LEAL, en nombre y representación de Eutimio, contra la sentencia número 219/2016 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000177/2016, seguidos a instancia de Eutimio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Eutimio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 219/2016, de fecha veintiséis de abril de dos mil dieciséis.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
El actor D. Eutimio nacido el NUM000 -1956 figura afiliado a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001 con la categoría profesional de albañil y una base reguladora de 659,66 euros mensuales.
El actor solicitó pensión de invalidez emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 14-12-2015 dictándose Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 14-1-2016 por la que se declaró que se encuentra afecto de incapacidad permanente en grado de total para la profesión habitual. TERCERO.- El actor padece las siguientes dolencias: Pseudoartrosis de escafoides. Exéresis y artrodesis 4 esquinas. Síndrome de dolor regional complejo. Hombro derecho: Limitación de la movilidad con antepulsión pasiva limitada a 1500 por dolor y abducción a 135 (activamente 135 y 120° respectivamente). CUARTO.- Interpuesta reclamación previa el 2-2-2016 es desestimada por Acuerdo de fecha 8-2-2016 y agotada la vía administrativa previa, formuló demanda ante el Decanato el 15-3- 2016.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda formulada por D. Eutimio contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por la parte actora.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPA, instando -por el cauce del artículo 193.b) LJS- la modificación del relato histórico, y denunciando -vía artículo 193.c) LJS- la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS.
No acogemos la revisión fáctica, porque no se propone en debida forma, al hacer referencia a múltiples informes médicos (ff. 20 a 39) y en absoluto relacionar cada dolencia descrita con el correspondiente documento que lo acredita, tal como exige la naturaleza extraordinaria del recurso de Suplicación y como constantemente tenemos indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 16/11/16 R. 1501/16, 27/09/16 R. 289/16, 14/07/16 R. 4107/15, 19/05/16 R. 2301/15, 12/05/16 R. 2371/15, etc.)
La censura jurídica tampoco puede admitirse, ya que, tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia...
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STSJ Galicia , 19 de Septiembre de 2017
...-; 09/07/08 -rcud 1361/07 -; y SSTSJ Galicia 06/06/17 R. 1652/17, 25/04/17 R. 4357/16, 09/03/17 R. 3617/16, 09/02/17 R. 4475/16, 17/01/17 R. 4134/16, 08/09/16 R. 1741/16, 29/07/16 R. 402/16, 29/07/16 R. 249/16, - En todo caso -queremos resaltarlo y ello tiene que ver tanto con el motivo de ......
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STSJ Galicia 1003/2017, 9 de Febrero de 2017
...(para todas, SSTS 29/05/07 -rcud 95/06 -; 12/07/06 -rcud 5508/04 -; 21/02/07 -rcud 4232/05 -; 09/07/08 -rcud 1361/07 -; y SSTSJ Galicia 17/01/17 R. 4134/16, 08/09/16 R. 1741/16, 29/07/16 R. 402/16, 29/07/16 R. 249/16, 29/07/16 R. 216/16, etcétera). - En todo caso y a mayor abundamiento, hem......
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STSJ Galicia 2183/2017, 25 de Abril de 2017
...12/07/06 -rcud 5508/04-; 21/02/07 -rcud 4232/05-; 09/07/08 -rcud 1361/07-; y SSTSJ Galicia 09/03/17 R. 3617/16, 09/02/17 R. 4475/16, 17/01/17 R. 4134/16, 08/09/16 R. 1741/16, 29/07/16 R. 402/16, 29/07/16 R. 249/16, etcétera). En Que con desestimación del recurso interpuesto por doña Camino,......
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STSJ Galicia 1287/2017, 9 de Marzo de 2017
...-rcud 95/06 -; 12/07/06 -rcud 5508/04 -; 21/02/07 -rcud 4232/05 -; 09/07/08 -rcud 1361/07 -; y SSTSJ Galicia 09/02/17 R. 4475/16, 17/01/17 R. 4134/16, 08/09/16 R. 1741/16, 29/07/16 R. 402/16, 29/07/16 R. 249/16, etcétera). En Que con desestimación del recurso interpuesto por el INSTITUTO NA......