STSJ Galicia 895/2016, 19 de Febrero de 2016
Ponente | ROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2016:668 |
Número de Recurso | 685/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 895/2016 |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
TSJ SALA DO SOCIAL A CORUÑA
-PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax: 881881133 /981184853
NIG: 32054 44 4 2014 0002653
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000685 /2015 MRA
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000651 /2014
Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE
RECURRENTE/S D/ña Elisabeth
ABOGADO/A: MARCOS HUIDOBRO VEGA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL, SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
PROCURADOR:,
GRADUADO/A SOCIAL:,
ILMA SRª D. ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ILMO SRº D. EMILIO FERNANDEZ DE MATA
ILMA SRª Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS
En A CORUÑA, a diecinueve de Febrero de dos mil dieciséis.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0000685/2015, formalizado por el/la D/Dª HUIDOBRO VEGA MARCOS, en nombre y representación de Elisabeth, contra la sentencia número 711/2014 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000651/2014, seguidos a instancia de Elisabeth frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Elisabeth presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 711 /2014, de fecha diecisiete de Diciembre de dos mil catorce
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: PRIMERO.- La Darte demandante Elisabeth a la Seguridad Social con en el régimen general, cocina; base reguladora, o nacida el NUM000 -66 afiliada NUM001, encuadrado profesión habitual de ayudante de cocina; base reguladora 597,78€./SEGUNDO.- Por sentencia del TSJ de Galicia de fecha 27-11e declarada en situación de incapacidad permanente total trastorno de personalidad no especificado, que revocaba la sentencia de este juzgado de fecha 1- 12-06 que le concedía la incapacidad permanente absoluta. Solicitada la revisión de grado fue denegada el 29-5-14. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución del INSS de fecha 17-6-14. En fecha 14-10-08 se reconoce a la demandante una incapacidad permanente absoluta por sentencia del Juzgado de lo social n°1 de Orense objetivando como lesiones trastorno de la personalidad no especificado y síndrome fibromiálgico./TERCERO.- El demandante presenta las siguientes lesiones: trastorno de la personalidad (hitriónico y límite), trastorno del ánimo.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: .Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Elisabeth contra INSS Y TGSS, sobre REVISIONINVALIDEZ declarando no haber lugar a la misma, absolviendo a las demandadas de la pretensión en su contra ejercitada.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Elisabeth formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha 6-2-2015.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 19-2-2016 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
UNICO-La sentencia de instancia desestima la demanda y frente a ella la propia demandante interpone recurso de suplicación y al amparo del art. 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral pretende la revisión de los hechos declarados probados y termina suplicando la modificación de los fundamento de derecho y así modificar el grado de...
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