STSJ Galicia 2912/2017, 29 de Mayo de 2017

ECLIES:TSJGAL:2017:3783
Número de Recurso5486/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2912/2017
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 32054 44 4 2016 0001886

Equipo/usuario: BC

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0005486 /2016 . BC

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000465 /2016

Sobre: ACCIDENTE DE GRADO

RECURRENTE/S D/ña Juana

ABOGADO/A: ANTONIO VALENCIA FIDALGO

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA INTERCOMARCAL,MUTUA DE ACC.TRABAJO Y ENFERM. PROFESIONALES DE LA SS Nº 39

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL, MARIA DEL PILAR SOBRINO LACRUZ

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a veintinueve de mayo de dos mil diecisiete.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0005486/2016, formalizado por el LETRADO D. ANTONIO VALENCIA FIDALGO, en nombre y representación de Juana, contra la sentencia número 497/2016 dictada por XDO. DO SOCIAL

N. 3 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000465/2016, seguidos a instancia de Juana frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA INTERCOMARCAL,MUTUA DE ACC.TRABAJO Y ENFERM. PROFESIONALES DE LA SS Nº 39, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Juana presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA INTERCOMARCAL,MUTUA DE ACC.TRABAJO Y ENFERM. PROFESIONALES DE LA SS Nº 39, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 497/2016, de fecha once de octubre de dos mil dieciséis .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

La parte demandante, Juana nacida el NUM000 -64 el NUM002 -60, afiliada la Seguridad Social con el n2 NUM001, encuadrado en el régimen especial de trabajadores autónomos con profesión habitual de agricultora, quien tenía cubierta la contingencia de accidentes de trabajo con MUTUA ASEPEYO. Base reguladora incapacidad permanente total es 10.139,70€ anuales y de la parcial 20.278,40€ anual.

Segundo

En fecha 21-8-09 la demandante tuvo un accidente de trabajo. Interesada en su día pensión de incapacidad permanente se tramitó el oportuno expediente administrativo, siendo reconocidas en fecha 31-3-10 las lesiones permanentes no invalidantes por articulación tibioperonea astragalina disminución de la movilidad global más del 50% y confirmada por sentencia de este juzgado de fecha 13-10-10 y por sentencia del TSJ Galicia de fecha 28-1-11 . En fecha de 28-311 se solicita la revisión de grado que fue desestimada por sentencia del Juzgado de lo social n2 2 objetivando como lesión fractura conminuta de calcáneo y astrágalo I con limitación de movilidad de tobillo izquierdo que fue confirmada por el TSJ Galicia en sentencia de fecha 18-9-13, En fecha de 14-5-14 se solicita la revisión de grado que fue desestimada por sentencia del Juzgado de lo social n2 2 objetivando como lesión fractura conminuta de calcáneo y astrágalo izquierdo y artrosis subastragalina secundaria que fue confirmada por el TSJ Galicia en sentencia de fecha 2511-15. En fecha de 28-12-15 se instó expediente de incapacidad que fue denegado el 22-3-16. Interpuesta reclamación previa fue desestimada el 13-6-16. Tercero.- Que la demandante presenta las siguientes lesiones: Secuelas postraumáticas por fractura conminuta de calcáneo y astrágalo izquierdo y artrosis...

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