STSJ Cataluña 5969/2005, 8 de Julio de 2005

PonenteFRANCISCO BOSCH SALAS
ECLIES:TSJCAT:2005:15151
Número de Recurso2310/2004
Número de Resolución5969/2005
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 5969/2005

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.-Instituto Nacional Seguridad Social frente a la Sentencia del Juzgado Social 26 Barcelona de fecha 11.12.2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 698/2003 y siendo recurrido/a Yolanda . Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 18.09.2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Seguridad Social en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 11.12.2003 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por Yolanda declaro que la base reguladora de la prestación de viudedad y orfandad derivadas del fallecimiento de su esposo Juan Alberto asciende a 956,30 euros con efectos económicos desde 1 de octubre de 2000. Y consecuentemente, condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL al pago de las prestaciones en la cuantía resultante de aplicar los porcentajes legales (viudedad 45 % años 2000 y 2001; 46% año 2001; orfandad 20%).

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:1º.- Yolanda solicitó la pensión de viudedad el 20-10- 2000, como consecuencia del fallecimiento de Juan Alberto , ocurrido el 30-9-2000.

  1. - El causante era beneficiario de una pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de accidente de trabajo acaecido el 6-3-1998, sobre base reguladora de 13.388,12 euros.

  2. - Por resolución de 24-10-2000 le fue reconocida sobre base reguladora de 654,59 euros, por un total de 52.735 pesetas (pensión inicial de 49.012 pesetas ó 45% de la base + revalorizaciones de 2.331 pesetas + complementos mínimos de 1.392 pesetas) con efectos desde 1-10-2000.

  3. - Resolución de 21-12-000 desestimó la reclamación previa de la viuda que reclamaba base reguladora superior, con fundamento en que no se acreditaba que el fallecimiento fuera debido a accidente de trabajo.

  4. - La demandante en fecha 1-4-2003 solicitó la revisión de la pensiones de viudedad y orfandad a los efectos de que se le reconozcan las prestaciones por viudedad-orfandad sobre la base reguladora que sirvió para calcular la pensión de incapacidad permanente del causante.

  5. - Resolución de 15-4-2003 estimó la revisión sobre base reguladora por contingencias comunes de 956,30 euros (resultado de dividir por 14 la base anual de 13.388,12 euros), porcentaje del 48% y efectos económicos 1-1-2003 (efectos que se retrotraen a tres meses a la presentación de la solicitud de revisión), por un total de 534,12 euros, incluidas las revalorizaciones.

  6. - Resolución de 11-7-2003 estimó la revisión de la pensión de orfandad de su hijo DANIEL, reconocida por resolución de 24-10-2000 sobre base reguladora de 654,90 euros, fijándola en 956,30 euros, con efectos económicos de 1-1-2003.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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