STSJ Aragón 382/2007, 25 de Abril de 2007

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2007:337
Número de Recurso262/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución382/2007
Fecha de Resolución25 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación núm. 262 de 2007 (Autos núm. 687/2006), interpuesto por la parte demandante Natalia , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Zaragoza, de fecha 23 de noviembre de 2006 siendo demandado COMARCA CAMPO DE BORJA, sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Natalia , contra COMARCA CAMPO DE BORJA, sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 23 de noviembre de 2006 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"QUE DESESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por Dña. Natalia , frente a la COMARCA CAMPO DE BORJA, debo declarar y declaro ajustado a derecho el cese de la actora acordado por la demandada con efectos de 21 de agosto pasado, y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones deducidas frente a ella en el escrito de demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"1°. La demandante, Dña. Natalia , con DNI n° NUM000 , inició la prestación de servicios para el Ayuntamiento de Borja, mediante la suscripción de contrato de trabajo a tiempo parcial, de fecha 1.04.1989, para prestar servicios como bibliotecaria en la Biblioteca del Ayuntamiento, con la categoría profesional de auxiliar. Se estableció una duración del contrato de hasta 30.09.1989, no obstante lo cual la actora siguió prestando sus servicios para la Corporación referida, en los términos contratados, hasta el 6.09.1991. Obra en autos (documento n° 1 aportado con el expediente administrativo) copia del contrato suscrito, cuyocontenido se da por reproducido en su integridad.

  1. El BOA de 22.07.1991 publicó anuncio del Servicio Social de Base de Borja y su comarca relativo a la convocatoria de concurso oposición para la provisión de plaza vacante de auxiliar administrativo a tiempo parcial en el Servicio Social de Borja. Obra en autos el contenido de tal anuncio con las bases de la convocatoria, que se da por reproducido en su integridad.

  2. Iniciado el proceso del concurso oposición, fueron admitidos al mismo catorce personas. Realizados el primer y segundo ejercicios, y baremados los méritos, las dos persona que alcanzaron la mejor puntuación fueron la demandante, que obtuvo en total 15,60 puntos) y Dña. Marcelina , que obtuvo un total de 17,58 puntos. El tribunal calificador procedió a realizar la entrevista a las dos referidas mejores aspirantes, en términos que no constan en autos, y a consecuencia de la cual se asignó a la demandante 3,90 puntos y un punto a Dña. Marcelina . Los puntos obtenidos en la entrevista se sumaron a los obtenidos en los dos ejercicios y baremo, de manera que la demandante obtuvo así la mejor puntuación. La actora suscribió así con el Ayuntamiento de Borja, en fecha 9.09.1991 contrato de trabajo que obra en autos (documento n° 2 aportado con el expediente administrativo) suscrito al amparo del RD 1991/1984 de 31 de octubre, que se da por reproducido.

  3. Tras sucesivas prórrogas del referido contrato de 9.09.1991, en fecha 3.06.1994 fue ampliado pasando la demandante a prestar sus servicios a tiempo completo.

  4. Mediante Ley 18/2001 de 19 de noviembre se procede a la creación de la Comarca del Campo de Borja, en desarrollo de la Ley 10/1993 de 4 de noviembre de Comarcalización de Aragón. Con fecha 31.03.2003 se produjo el traspaso a la Comarca del Campo de Borja de los servicios, funciones y medios materiales y personales del servicio social de base del Ayuntamiento de Borja. A partir de esta fecha la demandante pasa a prestar sus servicios para la Comarca del Campo de Borja, conforme a la Disposición Adicional cuarta de la Ley 23/2003de 26 de diciembre de Medidas de Comarcalización .

  5. En virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Comarca del Campo de Borja, de fecha

    24.10.2005 (BOA 7.11.2005, BOE 17.11.2005) se procede a aprobar la Oferta de Empleo Público para 2005, que incluye dos plazas de auxiliar administrativo del Servicio Social de Base, una de las cuales era la que venía ocupando la demandante. En desarrollo de dicho Acuerdo, se procedió a publicar el Acuerdo del Consejo Comarcal de 15.02.2006 relativo a la Convocatoria para la cobertura de dichas dos plazas (BOP

    6.03.2006, BOA 8.03.2006 y BOE 25.03.2006), que obra en autos y se da por reproducida. Tanto la referida oferta de empleo público como la convocatoria para cobertura de las plazas de auxiliar administrativo han sido objeto de impugnación por la actora mediante el correspondiente recurso contencioso administrativo.

  6. En virtud de Acuerdo del Consejo Comarcal de 15.02.2006 (BOP 27.02.2006) se aprueba el presupuesto comarcal para el año 2006 con sus bases y plantilla de personal. Al mismo tiempo se hace pública la plantilla del personal de dicha corporación, incluyéndose en el apartado personal laboral indefinido no fijo, dos plazas de auxiliar administrativo. La actora también ha impugnado ante la Jurisdicción contencioso administrativa esta inclusión al considerar que ella, que ocupa una de tales plazas, es trabajadora indefinida fija de la corporación.

  7. Iniciado el proceso selectivo indicado en la Convocatoria referida en el hecho probado sexto anterior, y seguidos todos sus trámites, en fecha 20.07.2006 el Tribunal de Valoración designado procede a proponer como seleccionados a los aspirante Mónica y Edurne , y elevar dicha propuesta al Consejo Comarca¡ para su contratación. El 21.07.2006 el Presidente de la Comarca acuerda aprobar la relación de opositores propuesta por el Tribunal calificador y la formalización de contrato indefinido fijo a tiempo completo.

  8. En fecha 26 de julio pasado la actora recibe notificación de la extinción de su contrato de trabajo al haberse cubierto mediante concurso oposición las dos plazas de auxiliar administrativo, según la Convocatoria publicada en el BOA núm. 28 de fecha 8 de marzo de 2006, al tiempo que le comunicaba la extinción del vínculo laboral y la baja en la empresa dentro de los quince días siguientes a la recepción de la notificación como consecuencia de la cobertura de dichas plazas. La actora cesó en la administración demandada con fecha 21 de agosto pasado.

  9. El salario percibido por la demandante al tiempo de su cese ascendía a la cantidad de 1.214,61 € brutos, incluida la parte proporcional de las pagas extras.

  10. La antigüedad reconocida en nómina a la demandante, desde el inicio de la prestación deservicios en el servicio social de base es la de 9.09.1991.

  11. No consta que la demandante haya ostentado la condición de representante de los trabajadores.

  12. Formulada reclamación previa, ésta fue desestimada en resolución de 28.08.2006".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO
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