STSJ Cantabria 675/2006, 30 de Junio de 2006

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2006:814
Número de Recurso513/2006
Número de Resolución675/2006
Fecha de Resolución30 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a treinta de junio de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Miguel siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro, sobre seguridad social, y que en su día se celebró el acto de la vista habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en 27 de marzo de 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante D. Miguel , con D.N.I. n° NUM000 nació el 31-12-1964, figura afiliado a laSeguridad Social con n° NUM001 .

  2. - El actor estuvo en incapacidad temporal desde el 18-4-2005 al 30-5-2005, con el diagnóstico de "trastornos esquizofrénicos".

  3. - Con fecha 28-6-2005 causó baja derivada de enfermedad común con el diagnóstico de "psiconeurosis", continuando en dicha situación hasta la declaración de incapacidad permanente absoluta.

  4. - Con fecha 8-7-2005 solicitó el pago directo de incapacidad temporal.

    Por resolución de 11-7-2005 se acuerda denegar la prestación solicitada por la siguiente causa: "Por no encontrarse en alta o situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante de la prestación, según lo dispuesto en el artículo 124.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE de 29-6-94).

    Contra la citada resolución interpuso reclamación previa el 29-7-2005, siendo desestimada por resolución de 19-8-2005.

  5. - El demandante ha percibido prestación por desempleo desde el 23-10-2004 al 22-6-2005.

  6. - El actor se ha mantenido inscrito como demandante de empleo desde 26-10-2004.

  7. - Por resolución de 20-2-2006 se le ha reconocido al actor una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, con derecho a percibir pensión del 100% de la base reguladora de 845,36 euros. El cuadro clínico residual es el siguiente: "Trastorno esquizoafectivo, tipo bipolar con frecuentes ingresos hospitalarios".

TERCERO

Que contra dicha resolución anunció recurso de suplicación la parte demandada, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1.- La sentencia de instancia estima la reclamación sobre prestación derivada de Incapacidad Temporal formulada por el actor, que le había sido denegada en vía administrativa, por no hallarse en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante. Las Entidades Gestoras formulan el presente recurso de suplicación alegando, en un único motivo, la infracción del artículo 124 de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el art. 130 del mismo texto legal y el art. 4.1 de la Orden de 13 de octubre de 1967.

  1. - Como pone de manifiesto la sentencia recurrida, los datos fácticos de los que debemos partir son los siguientes: a) el actor percibió prestación por desempleo del 23-10-2004 al 22-6-2005; b) permaneció en situación de IT del...

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