Beneficiarios
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Normas del derecho común sobre uso y habitación
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STS, 3 de Octubre de 2005
INCAPACIDAD TEMPORAL. Será condición indispensable para percibir la prestación económica por incapacidad laboral transitoria que el trabajador se encuentre prestando servicios por cuenta ajena en la fecha en que se iniciara la enfermedad común o se produjera el accidente no laboral. Se estima la demanda. Se estima la apelación.
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STS, 11 de Julio de 2006
INCAPACIDAD TEMPORAL. Se afirma la existencia de responsabilidad empresarial, por no encontrarse dado de alta el trabajador en el régimen de Seguridad Social. En relación con el requisito de estar en situación de alta para causar derecho al subsidio por incapacidad temporal, tal y como exigen los artículo 128, en relación con el 124 LGSS, la retroactividad o eficacia de las cuotas ingresadas...