STSJ Cataluña 3888/2013, 3 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3888/2013
Fecha03 Junio 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8002697

F.S.

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMA. SRA. MARIA PILAR MARTIN ABELLA

En Barcelona a 3 de junio de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 3888/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Atrian Technical Services,S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 19 Barcelona de fecha 27 de julio de 2012 dictada en el procedimiento Demandas nº 53/2012 y siendo recurrido/a Serafin y Fogasa. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. MARIA PILAR MARTIN ABELLA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20-1-12 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 27 de julio de 2012 que contenía el siguiente Fallo:

ESTIMO la demanda interpuesta por D. Serafin frente a las mercantiles ATRIAN TECHNICAL SERVICES, S.A. (actual denominación de SPIE IBÉRICA DE MANTENIMIENTO Y MONTAJE, S.A.) y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en reclamación por DESPIDO y declaro:

- La IMPROCEDENCIA del despido acordado por la mercantil demandada, con efectos 31-01-2012.

- CONDENO a ATRIAN TECHNICAL SERVICES, S.A. a que en un plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, opte por readmitir al actor en el puesto de trabajo que desempeñaba con anterioridad al despido, o por el abono de una indemnización de 45 días de salario por año de servicio en importe de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (38.225,93 EUROS), con descuento de la indemnización abonada en importe de 18.570,28 euros, más en todo caso los salarios de tramitación devengados desde que el despido se produjo hasta la notificación de la presente resolución,, a tenor de un salario diario de 79,02 euros, sin perjuicio del descuento de los salarios que pudiere haber obtenido desde la fecha del despido en nuevo empleo.

Se condena al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración, sin perjuicio de las responsabilidades legales subsidiarias previstas legalmente y con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores establece.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

D. Serafin, cuyos datos personales figuran en el encabezamiento de la demanda, inició su prestación laboral el 5-04-2000, fecha en la que suscribió contrato temporal, convertido en indefinido el 20-05-2011 con la empresa Instalaciones MEYM 2000, S.L. El 1-11-2008 la contratante subrogó la relación laboral a favor de SPIE IBÉRICA DE MANTENIMIENTO Y MONTAJE, S.A, perteneciente al grupo empresarial SPIE. El 1-08-2011 la empresa comunicó la venta a SPIE IBÉRICA a PHI INDUSTRIAL ACQUISITIONS y a posteriori se comunicó a los trabajadores que la empresa cambiaba de denominación pasando a ser ATRIAN TECHNICAL SERVICES, S.A. (folios 834 a 836- 851 a 853) Ostentaba la categoría de Jefe de Equipo (Departamento de Instalaciones y Montajes), su jornada era a tiempo completo y percibía un salario anual fijo, incluidos todos los conceptos, de 28.842,71 euros anuales/79,02 euros (no controvertido - folios 75 a 88).

SEGUNDO

ATRIAN TECHNICAL SERVICES, S.A. es la actual denominación de la empresa SPIE IBÉRICA DE MANTENIMIENTO Y MONTAJE, S.A., adquirida en el mes de junio de 2011 por la empresa PHI Industrial Acquisitions. Su actividad se organizaba en tres áreas de negocio (divisiones), diferenciadas por tipología de clientes y actividades y en el personal de estructura (folios 361 a 364, pericial Argimiro -testifical Sr. Damaso ):

1) División industrial: Ejecución de nuevas instalaciones en la industria, su mantenimiento y reparación (instalaciones de motores, automatización, frío industrial),

2) División instalaciones y montajes: Servicios multidisciplinarios de ejecución de obra nueva o grandes reformas (fontanería, climatización, electricidad y telecomunicaciones de edificios de uso terciario, públicos o privados).

3) División de mantenimiento terciario: Mantenimiento y reparación de instalaciones de edificios terciarios (edificios públicos de la administración, hospitales, hoteles, ...).

4) Personal estructura: en las oficinas de Barcelona.

TERCERO

La estructura de la división de instalaciones la preside el Jefe de Área (Sr. Hipolito ), los responsables técnicos (Sres Marcial, Romualdo, Jose Ángel, Pedro Francisco y D. Baltasar, habiendo sido despedido el Sr. Emiliano el 21-12-2011 (folios 367 a 376). Los encargados eléctricos eran

D. Hermenegildo, D. Luis, D. Rodrigo y D. Jose Ramón, que continúan en plantilla. Los encargados mecánicos eran los Sres. Miguel Ángel, Calixto, Eugenio y D. Iván (encargado Electro-mecánico), habiendo sido despedidos los Sres. Eugenio y Iván (22-02-2102). El demandante prestaba servicios como Jefe de Equipo Eléctrico, que también desempeñaba el Sr. Silvio (prejubilado) y los Sres. Pedro Miguel y Benedicto, que continúan en la empresa. Han sido también despedidos los operarios Sres. Ildefonso (28-12-2011) y Sr. Maximo (22-02-2012) (folios 365-366, 377 a 424).

CUARTO

En fecha 20-12-2011 el demandante, recibió carta de la misma fecha por la que se comunicaba la extinción de su contrato con efectos de esa fecha, al amparo de lo dispuesto en los artículos 52 c ) y 51.1. ET En la carta se cuantificó y abonó la indemnización de 18.570,28 euros. Se justificó la extinción en causas económicas, organizativas y de producción, basicamente en los siguientes motivos (folios 405 a 414, por reproducidos):

- Unificación de las divisiones de mantenimiento terciario e Instalaciones en una división única de "Operaciones Terciarias".

- - Contracción del mercado y disminución de inversiones con retroceso del mercado de instalaciones terciario (-40% en 2011) y previsión de disminución del 0,50% en 2012 en mantenimiento terciario.

- - Disminución de la facturación y descenso de las ventas en todas las áreas de actividad de la empresa (industrial- Instalaciones-Mantenimiento).

- - Evolución ascendente del gasto de personal.

- - Pérdidas acumuladas en los últimos tres ejercicios económicos 2009, 2010 y 2011, siendo la previsión negativa para 2012. - Finalización de las tareas en la obra de Vall d'Hebron y previsión negativa de nueva contratación de obras, con excedente de operarios en la división de Instalaciones

QUINTO

La empresa, con carácter coetáneo al despido del demandante, ha procedido extinguir en la Delegación de Barcelona, por causas objetivas los contratos de trabajo en las fechas que se indican (folios 367 a :458)

División de Instalaciones:

- Don. Emiliano (Técnico Instalaciones: 21-12-2011).

- Don. Eugenio (Encargado Mecánico 22-02-2012).

- Don. Iván (Encargado Electro-Mecánico 22-02-2012).

- Don. Ildefonso (Operario: 28-12-2011).

- Don. Maximo (Operario: 22-02-2012).

División de Industria:

Sr. Carlos Francisco (Director Operaciones 30-09-2011).

- Sra. Virginia (Tecnica Prevención 23-02-2012).

División Mantenimiento Terciario:

- Sr. Daniel (Operario 16-01-2012).

- Sr. Gines (Responsable Técnico- despido disciplinario).

- Sr. Ovidio (Encargado TGN 23-12-2011).

- Sra. María (Administrativa TGN 13-02-2012).

-Personal de estructura (Oficinas Centrales):

- Sra. Tamara (DO - Aux. Administrativa - 20-12-2011).

SEXTO

Se resolvieron en conciliación judicial los despidos del Sr. Pedro Enrique (folios 425-426) y el de D. Maximo (427 a 429). Por sentencia del Juzgado de lo Social 7 de Barcelona se declaró la procedencia del despido de Doña. Tamara, desestimando la demanda interpuesta por la misma.

SÉPTIMO

Según relación confeccionada por la empresa en diciembre 2011-enero 2012 tenía 314 trabajadores en plantilla en Barcelona (folios 469 a 492), 57 trabajadores en Tarragona (folio 493 a 498), 8 trabajadores en Alicante (499-500), 53 trabajadores en La Coruña (501 a 505), 15 trabajadores en Cádiz (506 a 508), 22 trabajadores en Huelva (509 a 511). En el año 2011 de 21-01-2011 al 23-02-2012 se han producido 68 despidos de los cuales 40 han sido por causas objetivas, 3 disciplinarios y 27 por otras causas. De éstos 28 despidos se han efectuado en Barcelona y de ellos 8 lo han sido por causas objetivas, 3 por motivos disciplinarios y el resto sin concretar (folios 512-513).

OCTAVO

La empresa ha efectuado contrataciones en 2011, incluidas de Jefe de Equipo (folio 514 a 526).

NOVENO

SPIE Ibérica de Mantenimiento y Montaje, S.A. subcontrata la realización de actividades de las obras que realiza bien a empresas instaladoras o a trabajadores autónomos tanto en tareas no especializadas como de alta especialización (527 a 653 - pericial Sr. Argimiro ). Suscribió con la empresa EINNOVA SEG. Y PROYECTOS, S.L. contrata para la ejecución de obras relativas a Instalaciones eléctricas del Hospital Vall d'Hebron en fecha 20-07-2011 (folios 527 a 593 - testifical Don. Damaso ).

DÉCIMO

Los trabajadores que prestan servicios en la obra de Vall d'Hebron realizaron hasta el mes de septiembre de 2011 un número importante de horas extraordinarias, percibiendo a partir de esa fecha importes por gratificaciones/dietas (folios 654 a 831). El demandante durante el año anterior al despido realizó horas extraordinarias mensualmente hasta septiembre de 2011 (folios...

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