STSJ Comunidad de Madrid 177/2013, 4 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución177/2013
Fecha04 Marzo 2013

RSU 0004975/2012

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00177/2013

Sentencia nº 177

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilma. Sra.Dª Begoña Hernani Fernández :

Presidente

Ilma. Sra. Dª Aurora de la Cueva Aleu :

Ilma. Sra.Dª Alicia Catalá Pellón :

En Madrid, a 4 de marzo de 2013.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 177

En el recurso de suplicación 4975/12 interpuesto por Aida representado por el Letrado BLANCA MERCADO GRANDE, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUM. 522/11 DE MADRID en autos núm. 32 siendo recurridos HERMANOS ALONSO GARRÁN representado por el Letrado Mª JOSE MUÑOZ PEREZ; FUNDACIÓN IBEROAMERICANA PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA, representada por el Letrado FERNANDO VELASCO MUÑOZ; FUNDACIÓN GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALA, representada por el letrado ANTONIO CUARTETO MARTINEZ; CONSEJERÍA DE INMIGRACIÓN Y COOPERACIÓN representada por el letrado de la COMUNIDAD DE MADRID y DBF AUDIFOR SL. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Aurora de la Cueva Aleu.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Aida, contra FUNDACIÓN IBEROAMERICANA, FUNDACIÓN GENERAL UNIVERSIDAD DE ALCALA, DBF AUDIFOR SL, HERMANOS ALONSO GRRAN SL Y CONSEJERÍA DE INMIGRACIÓN Y COOPERACIÓN en reclamación sobre DESPIDO en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 15 de marzo de 2012, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución. SEGUNDO: En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

La parte actora figura dada de alta Seguridad Social para la Fundación Iberoamericana para la Educación, la Ciencia y la Cultura desde el 1-2-2006 a 31-12-2006; para la Fundación General de la Universidad de Alcalá desde el 21-2-2007 al 21-4-09; en DBF AUDIFOR SL desde el 24-4-2009 a 3l-3-2 y para HERMANOS ALONSO GARRAN SL desde el 6-4-2010 en cuya clausula adicional unica figura que era para la realización de la obra Seguimiento mediante personal tecnico especializado de la ejecución de proyectos y programas de cooperación para el desarrollo, financiado por la Comunidad de Madrid, expediente 02-A/2 010"

El salario percibido por la actora es de 4.076,40 euros brutos mensuales con prorrateo de pagas extraordinarias, en la categoría de Técnico en cooperación.

SEGUNDO

Con fecha 14-12-2005 se celebró Convenio de Colaboración entra la Comunidad de Madrid (Consejería de Inmigración) y la Fundación Iberoamericana para la Educación, la Ciencia y la Cultura, para la realización del proyecto de asesoramiento técnico y apoyo local a través de expertos, en materia de identificación, evaluación, análisis y seguimiento de proyectos y/o programas de cooperación para el desarrollo. El objeto del convenio es establece el contenido, condiciones de desarrollo y apoyo a la financiación del proyecto de "Asesoramiento técnico y de apoyo local a través de expertos, en materia de identificación, evaluación, análisis y seguimiento de proyectos y/o programas de cooperación para el desarrollo".

El objetivo general del proyecto es mejorar la gestión y eficacia, tanto de los proyectos y programas de cooperación al desarrollo llevados a cabo por las Organizaciones No Gubernamentales (ONGD) apoyados por la Comunidad de Madrid a través de la convocatoria pública de subvenciones, como de los proyectos de cooperación directa, mediante el asesoramiento técnico especializado a la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo en Madrid, y el apoyo en los países prioritarios del área iberiamericana (Honduras, El Salvador, nicaragua, Bolivia, perú, Colombia, Ecuador y Républica Dominicana), de expertos colaboradores que mantengan un contacto estrecho con los procesos de desarrollo que se apoyen desde la Comunidad de Madrid, un diálogo directo con los socios sobre el terreno, con las instituciones locales responsables de los sectores de intervención prioritarios y con aquellas más cercanas a los beneficiarios de las acciones y, en definitiva, mantener una perspectiva coherente en la ejecución de los planes Estratégicos de Actuación y de ir contrastando la idoneidad de estos a lo largo de su vigencia.

Los técnicos realizarán aportaciones para la mejora de la gestión y la eficacia de la cooperación al desarrollo, mediante acciones de acompañamiento, seguimiento y evaluación tanto en Madrid como con presencia sobre el terreno con un carácter técnico, y que permitan una mayor cercanía y participación social. Realizarán valoraciones ex ante de los proyectos y programas que pretenda emprender la Comunidad de Madrid, contribuirán a un mejor seguimiento y evaluación de estos proyectos.

Estos técnicos también impulsarán y fomentarán el estudio, la investigación y la publicación en materia de cooperación internacional para el desarrollo, con el fin de avanzar en el diseño y ejecución de nuevas políticas de cooperación, y de mejorar la gestión y eficacia de sus instituciones, métidos e instrumentos de trabajo.

Las funciones a desarrollar por e técnicos se detallan en el Anexo II.

Estas funciones en ningún caso supondrá el ejercicio de funciones administrativas y/o competencias de los órganos y servicios de la Consejería en los términos establecidos en el articulo 15 de la Ley 13/1999 de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid .

Para la ejecución del proyecto, la Consejería de Inmigración aportaría 450 mil euros.

En la cláusula sexta del Convenio se contiene "La Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo o las personas que ésta designe al efecto podrán, en cualquiera de las fases de ejecución del proyecto, llevar a cabo actuaciones de verificación de la realización y gestión de los mismos. Para ello los representantes y responsables de su ejecución deberán facilitar, durante toda la vigencia del Convenio el acceso de dichas personas al lugar de la acción y a sus inmuebles, así como a los libros, cuentas, documentos justificativos correspondientes. Asimismo, la Dirección General puede establecer anualmente y por muestreo la comprobación de la ejecución de los proyectos subvencionados por medio de auditorias y evaluaciones de los mismos.

TERCERO

El 25-7-2006 la Fundación de la Universidad de Alcala y el GErente de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, celebraron contrato denominado "Valoración, sguimiento y control de proyectos y programas de cooperación para el desarrollo, sensibilización y codesarrollo de la Comunidad de Madrid", aprobados por Resolución 46/06 de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación de 22 de mayo, para su adjudicación por procedimiento abierto mediante concurso. El contrato tenía caracter administrativo y en el pliego de prescripciones técnicas del contrato, se hacía constar que para asegurar el idoneo funcionamiento y adecuado desarrollo del proyecto, la empresa adjudicataria debería contar con el personal adecuado, siendo el mínimo previsto, un Director de Proyecto a tiempo parcial, un Coodinador de Proyecto y dos Tecnicos de Evaluación, todos ello a tiempo completo, dos Tecnicos de seguimiento y Control y un Auxiliar Administrativo, también ambos a tiempo completo. Se hacía constar que la relación laboral de dicho personal lo sería exclusivamente con la empresa o entidad adjudicataria del proyecto y en ningún caso y bajo ninguna circunstancia con la Comunidad de Madrid. El 28-l2-2006, la Presidenta de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación de la Comunidad de Madrid, y la Fundación General de la Universidad de Alcala, firmaron Convenio para la realización del proyecto de asesoramiento técnico y de apoyo a través de expertos en materia de identificación, evaluación, análisis y seguimiento de proyectos y/o programas de cooperación para el desarrollo, en cuya clausula primera se contiene "Objeto. El objeto, del presente convenio es establecer el contenido; condiciones de desarrollo y apoyo a la financiación del proyecto de "Asesoramiento técnico y de apoyo a través de expertos, en materia de identificación, evaluación, análisis y seguimiento de proyectos y/o programas de cooperación para el desarrollo".

El objetivo general del proyecto es mejorar la gestión y eficacia, tanto de los proyectos y programas de cooperación al desarrollo llevados a cabo por las Organizaciones No Gubernamentales (ONGD) apoyado por la Comunidad de Madrid a través de la subvenciones, como de los proyectos de cooperación directa, mediante el asesoramiento técnico especializado a la Dirección de Cooperación de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación de expertos colaboradores que mantengan un contacto estrecho con los procesos de desarrollo que se apoyen desde la Comunidad de Madrid, un diálogo directo con los socios sobre el terreno, con las instituciones locales responsables de los sectores de intervención prioritarios y con aquellas más cercanas a los beneficiarios de las acciones y, en definitiva, mantener una perspecdtiva coherente en la ejecución de los Planes Estratégicos de Actuación y de ir contrastando la idoneidad de estos a los largo de su vigencia.

Los técnicos realizrán aportaciones para la mejora de la gestión y la efeciacia de la cooperación al desarrollo, mediante acciones de acompañamiento, seguimiento y evaluación tanto en Madrid como con presencia sobre el terreno con un carácter técnico, y que permitan una mayor cercvanía y participación social. Realizarán valoraciones ex...

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