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... de lo establecido en materia de compensación y absorción de salarios en los artículos 26.5 ...
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CONFLICTO COLECTIVO. COMPLEMENTOS SALARIALES. CONVENIO COLECTIVO. COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN. La absorción, solo puede llevarse a cabo respecto de conceptos que obedezcan a la misma razón de ser, y por lo tanto no podrá serlo entre el salario base y complementos o entre complementos de distinta naturaleza. En el caso, los complementos en cuestión fueron concedidos por la empresa, la cual fue absorbida por otra en diciembre de 2007; y estos complementos, que se han venido abonando con arreglo a una cantidad fija mensual, no se corresponden con los complementos salariales que por puesto de trabajo, productividad y producción se prevén en el convenio colectivo del sector. Su abono supone que el salario anual bruto de los trabajadores que lo perciben sea superior al fijado en convenio. Se desestima el recurso de casación.
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... tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes. Ar...Artículo 3. Compensación y absorción. A efectos de aplicar el último párrafo del art...
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Uno de los principios esenciales de la doctrina de la condición más beneficiosa ha sido el del respeto o mantenimiento de la misma, lo que significa q...
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... Modificación de la compensación equitativa por copia privada DISPOSICIÓN ADIC... el incremento en la capacidad de absorción por sumideros, en particular, los vinculados al us...
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... tendrán en cuenta las reglas sobre compensación que se establecen en los artículos siguientes.Ver....ARTÍCULO 3 Compensación y absorción.A efectos de aplicar el último párrafo del artí...
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RECURSO DE CASACIÓN. COMPENSACIÓN. ABSORCIÓN. FINALIDAD. La institución de la compensación y absorción tiene por objeto evitar la superposición de mejoras salariales que tengan su origen en diferentes fuentes reguladoras. Se desestima el recurso.
☞ Sentencia Favorable a: Trabajador, Recurrido
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CONFLICTO COLECTIVO. No estamos ante una condición de origen normativo, sino ante una condición contractual que quedaría comprendida en el apartado c) del nº 1 del artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores y no en los apartados anteriores de este precepto. Es cierto que no se trata de una condición individual o plural, sino de una condición colectiva, pues se aplica con carácter general a todos los trabajadores. Pero, aunque esta naturaleza la hiciera plenamente disponible por un convenio colectivo posterior, lo cierto es que su carácter contractual determina que su relación con el nuevo convenio colectivo estatutario deba situarse en la misma posición de las garantías ad personam del nº 1 del artículo 8 y, por tanto, debe entrar en la regla de compensación y absorción de este precepto, que es también la que con carácter general prevé el artículo 26.5 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, el complemento deberá mantenerse en la medida en que en cómputo global de conceptos homogéneos resulte superior a las condiciones retributivas establecidas en el nuevo convenio. Se estima la casación.
☞ Sentencia Favorable a: Union General de Trabajadores
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... fusión, destacan la regulación de la absorción de una sociedad íntegramente participada, la de u... podrán recibir, además, una compensación en dinero que no exceda del diez por ciento del va...
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... los estatutos determinarán la compensación que hayan de recibir los socios que las realicen. ... el aumento del capital se deba a la absorción de otra sociedad o de todo o parte del patrimonio ...