STSJ Andalucía 3128/2012, 31 de Octubre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3128/2012
Fecha31 Octubre 2012

Recurso nº 356/11 C

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL SEVILLA

ILMOS. SRES.:

DOÑA ANA MARÍA ORELLANA CANO, PRESIDENTE.

DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ.

DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA.

En Sevilla, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por el Excmo. e Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 3128/12

En los recursos de suplicación interpuestos por el Ldo. Sr. Pernas Selgas en representación de Grupo STC Sistemas de Telecomunicación y Control S.A., y por el Ldo. Sr. Orellana Izquierdo en nombre de la empresa Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias, S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número tres de los de Jerez de La Frontera; ha sido Ponente la Iltma. Sra. DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 1335/09 se presentó demanda por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, sobre contrato de trabajo, contra las empresas Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias, S.L y Grupo STC Sistemas de Telecomunicación y Control, S.A., teniendo la consideración de parte a los trabajadores afectados que se citan en el fallo de esta sentencia, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 04/06/10 por el Juzgado de referencia, en que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO .- El Comité de Empresa del Grupo STC Sistemas de Telecomunicación y Control SA denunció ante la Inspección de Trabajo que la citada empresa, que venía desarrollando la actividad de montaje, instalación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones como cliente de Telefónica SA y viene aplicando el Convenio Colectivo de las Pyme del Metal de la provincia de Cádiz, tiene subcontratados trabajos de dichas actividades con las empresas: Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias, Domótica y Nuevas aplicaciones SL e Intellec.

La denuncia señala que las empresas subcontratadas utilizan medios de la empresa matriz, como herramientas, materiales, instalaciones, supervisión, EPIS y ropa de trabajo; que las empresas subcontratadas aplican otro Convenio Colectivo y se les remunera con menos salario, realizando más jornada y horas extras..., entendiendo que se realiza competencia desleal, despidiéndose a trabajadores de la empresa matriz, que son sustituidos por trabajadores de las subcontratadas; que se supera el tope máximo de subcontratación del 25 % fijado en el contrato firmado con Telefónica, por lo que se teme por la continuidad de la plantilla, de los niveles de empleo y actividad, calificando la situación de prestamismo laboral.

El día 1 de Junio de 2009 se gira visita de Inspección de Trabajo a la empresa ACTIVIDADES TÉCNICAS E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L., y ACTIVIDADES TÉCNICAS DE TELECOMUNICACION SA con domicilio social en El Puerto de Santa María, Cádiz, Polígono Industrial El Palmar, C/ Astilleros, 19 y a la empresa "GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A." (anteriormente Intelsis Sistemas Inteligentes SL) en el Polígono Industrial El Palmar, calle Torno 8 de la misma localidad.

SEGUNDO

En la Consejería de Empleo se tramitan expedientes sancionadores número T247/09 y T257/09 contra las empresas "ACTIVIDADES TECNICAS E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L." y "GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A." a raíz de actas de infracción núm. I112009000101132 y I112009000100930, de fecha 3 de agosto de 2009, levantadas por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de cádiz, que damos por reproducida.

TERCERO

Contra dichas actas se presentaron en tiempo y forma por D. Pablo Jesús y D. Casimiro

, en representación de la entidad ACTIVIDADES TÉCNICAS E INVERSIONES INMOBILIARIAS, S.L. y por D. Fulgencio en representación de la entidad GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A., escritos de descargos que figuran incorporados en los citados expedientes.

CUARTO

El 13-7-07 Telefónica de España SAU e Intelsis Sistemas Inteligentes SA (actualmente GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A. desde 1-2-09) formalizaron contrato de Bucle de Cliente Global, con vigencia desde 1-5-2007 a 30-4-2012, correspondiente a la realización integrada de las actividades de instalación y mantenimiento de las redes de comunicación de Telefónica con ámbito territorial, que abarcaba inicialmente las provincias de Guipúzcoa, Sevilla y Zaragoza, posteriormente ampliada a la provincia de Cádiz, a partir de 1-4-08.

En el pliego de Condiciones Generales apartado 2.5 relativo a la subcontratación, se establecen los porcentajes admitidos, las actividades de gestión y despacho: plantilla propia; especialidad de atención al cliente el 25%, pudiéndose incrementar hasta el 42%, previa autorización escrita de Telefónica en situaciones de incremento masivo de actividad, campañas promocionales, etc; especialidad de planta exterior: 25 %.

En el apartado 8.1 del contrato -folio 174- refiere que "teniendo en cuenta que el personal del contratista es muy importante de cara a la imagen que Telefónica de España quiere dar ante terceros, en general y particularmente frente a sus clientes, todos los operarios (incluso los subcontratistas) deberán ir dotados con los distintivos y ropa de trabajo establecido por Telefónica España. Las características y la forma de dichos distintivos y el modelo de ropa que se recogen en el documento que como Anexo nº 3 >, forma parte integrante de este Pliego de Condiciones Generales y por tanto del contrato. Excepto para las actividades encuadradas en las actividades de obra civil y planta exterior, el incumplimiento de lo dispuesto será causa de resolución de contrato conforme se indica en la condición XV, >".

El vestuario lleva un anagrama en el que figura el nombre de la empresa colaboradora y el de Telefónica. En el anexo nº 3 se indican las características de cada una de las prendas.

QUINTO

El 1-12-08 Intelsis Sistemas Inteligentes SA (actualmente GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A.) suscribió Acuerdo Marco de subcontratación de obra civil/ instalaciones con las empresas subcontratistas Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias SL (actualmente Actividades Técnicas e Ingeniería SL, ATII SL) y Domótica y Nuevas aplicaciones SL.

ATII SL fue constituida mediante escritura el 5-12-02 con domicilio social en El Puerto de Santa María, Cádiz, Polígono Industrial El Palmar, C/ Astilleros, 19.

SEXTO

A 2-6-09 han prestado servicio para Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias, SL los siguientes trabajadores con contrato de trabajo temporales todos ellos:

FECHA DE ALTA FECHA DE BAJA

Miguel, 18-11-08 3-7-09

Rodrigo, 11-11-08

Jose Manuel, 22-12-08 Juan Ramón, 11-11-08

Amadeo, 14-11-08

Borja, 22-12-08

Edmundo, 10-11-08

Felipe, 1-4-09

Hipolito, 10-11-08

Leonardo, 23-2-09

Olegario, 11-11-08

Secundino, 1-4-09

Jose Miguel, 7-1-09 13-7-09

Juan Luis, 15-12-08

Andrés, 11-11-08 3-7-09

Braulio, 11-11-08

Edemiro, 12-1-09 26-6-09

Fermín, 6-5-09

Ignacio, 1-10-07

Luciano, 6-5-09 17-6-09

Pedro, 6-5-09 17-6-09

Sergio 14-11-08 8-4-09

Carlos Alberto 14-11-08 26-3-09

SEPTIMO

GRUPO STC SISTEMAS DE TELECOMUNICACIÓN Y CONTROL, S.A. aplica a sus trabajadores el Convenio Colectivo de la Pequeña y Mediana Industria del Metal de la provincia de Cádiz 2006-2009 (BOP 8-2-07) y ACTIVIDADES TÉCNICAS E INGENIERÍA SL, ATII SL aplica a sus trabajadores el Convenio Colectivo sectorial de las Empresas concesionarias de Cable de Fibra Óptica 2004-2006 (BOE 23-9-04) y algunos trabajadores que antes trabajaban para Domótica y Nuevas aplicaciones SL, y después para Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias, SL como Fermín y Pedro el Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Almería.

Domótica y Nuevas aplicaciones SL a sus trabajadores que prestan servicios en Algeciras en una subcontrata de Telefónica les aplica el Convenio Colectivo de la Pequeña y Mediana Industria del Metal de la provincia de Cádiz.

OCTAVO

El 16-6-09 Luciano y Pedro, trabajadores de Actividades Técnicas e Inversiones Inmobiliarias, SL estuvieron declarando por la mañana en la Inspección de Trabajo y ese mismo día por la tarde la empresa les comunicó el fin de contrato de trabajo de obra o servicio por no superar el periodo de prueba. Ambos presentaron demandas en los Juzgados de lo Social de Jerez nº 1 y 3 de las que se desistieron, manifestando que habían sido indemnizados.

El día 29 y 30 de junio 09 cinco trabajadores de la empresa ATII SL, Luciano, Pedro, Sergio, Carlos Alberto y Ignacio remitieron correos electrónicos a la Inspección de Trabajo, cuyo contenido se encuentra en el acta de Inspección, y damos por reproducido.

Sergio tenía un contrato de trabajo de obra o servicio, desde el 23-12-08 reduce su jornada pasando ser a tiempo parcial de cuatro horas diarias, tenía embargado su sueldo por el Juzgado de 1ª Instancia de Cádiz en los porcentajes legales. El 25-3-08 causó baja por Incapacidad Temporal. El 8-4-09 pidió baja voluntaria y firmó finiquito en la empresa, conciliando su despido con la empresa.

Carlos Alberto tenía embargada parte de la nómina por la AEAT. Estuvo en Incapacidad Temporal del 20 al 23 de enero 09. El 26-3-09 fue despedido por la empresa, llegando a un acuerdo con la empresa el 4-5-09 ante el CMAC, con reconocimiento de improcedencia del despido, manifestando la empresa que lo volverá a llamar si hay trabajo de su especialidad. Ignacio trabaja en la empresa desde 11-11-08 subrogándose en la anterior empresa con antigüedad de 1-10-07 en...

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