STSJ Galicia 4232/2010, 29 de Septiembre de 2010

PonenteMANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO
ECLIES:TSJGAL:2010:8570
Número de Recurso2759/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4232/2010
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/3311

NIG: 36038 44 4 2009 0001521 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002759 /2010 MGL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 380/2009 JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 PONTEVEDRA DEMANDA: 0002759 del

JDO. DE LO SOCIAL nº: 001

Recurrente/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Raimunda

Abogado/a: LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MARIA PILAR MOLEDO SANTIAGO

Procurador: SUSANA PREGO VIEITO

Graduado Social:

Ilmos/as Sres/as. D/Dª

D. ANTONIO GARCIA AMOR

Dª BEATRIZ RAMA INSUA

D. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO

En A CORUÑA, a veintinueve de Septiembre de dos mil diez. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA DE LO SOCIAL del T.S.J. de GALICIA, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2759/2010, formalizado por el Letrado de la Seguridad Social, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 158/2010 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de PONTEVEDRA en el procedimiento DEMANDA 380/2009, seguidos a instancia de D. Raimunda frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr.

D. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Raimunda presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 158/2010, de fecha catorce de Abril de dos mil diez

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - D. Raimunda, con D.N.I. nº NUM000, nacido el día 16 de octubre de 1964, de profesión encargado de obra, afiliado con el número NUM001 al Régimen General, solicitó la declaración de invalidez permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Fue examinado a 17 de febrero de 2009 por la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades. La Comisión de Evaluación de Incapacidades propuso la declaración del demandante en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual y así fue acordado en Resolución de fecha 11 de marzo de 2009, decisión impugnada en vía administrativa y N ratificada, por semejantes razonamientos, en Resolución de 20 de abril de 2009 de la Dirección Provincial del referido Instituto. / 2°.- La base reguladora de las prestaciones de invalidez, en atención a las cotizaciones de la parte demandante, es de 2.261,60 euros mensuales. Padece las siguientes enfermedades o lesiones derivadas de enfermedad común: "TCE severo. Hematoma evacuado. Cirugía descompresiva con lobectomía temporal derecha. Presenta dolor de cabeza y sensación de inestabilidad. Animo subdepresivo, enlentecimiento del curso del pensamiento. Mareos y somatizaciones. Rots simétricos y vivos, no atrofias. Talón-rodilla inestable. Intervenido de rigidez postraumática de primer dedo mano izquierda.".

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Estimando totalmente la...

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