STSJ Galicia 4077/2010, 20 de Septiembre de 2010
Ponente | JOSE MANUEL MARIÑO COTELO |
ECLI | ES:TSJGAL:2010:8075 |
Número de Recurso | 2608/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 4077/2010 |
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939
Fax:98118 4853/2155/3311
NIG: 36038 44 4 2009 0003602
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002608 /2010 ESF
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA: 0002608 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 003
Recurrente/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Abogado/a:
Procurador:
Graduado Social:
Recurrido/s: Alicia
Abogado/a: JUAN RAFAEL PAZOS PESADO
Procurador:
Graduado Social:
ILMO. SR. D. JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO
ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ
ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA
En A CORUÑA, a veinte de Septiembre de dos mil diez.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0002608 /2010, formalizado por el/la D/Dª INSS, en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número / dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento DEMANDA 0000966 /2009, seguidos a instancia de Alicia frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª JOSÉ MANUEL MARIÑO COTELO.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Alicia presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número /, de fecha treinta y uno de Marzo de dos mil diez
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "PRIMERO.- Doña Alicia, con D.N.I. NUM000, nacida el día 12 de julio de 1955 está afiliada a la Seguridad Social, Régimen Especial de Empleados de Hogar, con el número NUM001, siendo su actividad la de empleada de hogar. Se inició a petición de la demandante expediente para la declaración en su caso de invalidez permanente, siendo examinada por el E.V.I. que emitió su juicio clínico laboral el día 2 de noviembre de 2009. Por resolución de fecha 5 de noviembre de 2009 el INSS denegó la prestación de incapacidad permanente. Frente a esta resolución interpuso la parte actora reclamación previa que fue desestimada por resolución de fecha 1 de diciembre de 2009, confirmando los anteriores pronunciamientos. SEGUNDO.- Tiene la parte actora carencia suficiente y su base reguladora es en atención a sus cotizaciones de 452,30 #. Padece la demandante las siguientes enfermedades o lesiones derivadas de enfermedad común: Afectación actual: RXS de c. dorso-lumbar: cambios incipientes a nivel D-L. TAC de C. lumbosacra el 14-10-08: cambios degenerativos posteriores, más acusados a nivel L5-S1, protusión discal L4-L5 y L5-Sl; no evidencia de hernia discal, ni de estenosis del canal o de los recesos laterales. Tratamiento rehabilitador por protusión discal L4-L5. Informe: artrosis interapofisaria lumbar. Protusión discal L4-L5 y LS-Sl. Escasa respuesta a la RHB. Completó tratamiento RHB hace dos meses. Refiere no haber mejorado, sigue con dolor lumbar bajo, alta de RHB. Obesa. Rectificación de lordosis lumbar, limitación de la flexión del tronco. Refiere dolor a la palpación en paralumbar izquierda baja, mayor con la elevación de MII y al subir cuestas o escaleras. No cambios significativos (lassegue y bragard negativos. ROTS simétricos. Marcha puntillas no claudicante, dolor marcha de talones). Sigue tratamiento analgésico a demanda y con ames. Permaneció en situación de incapacidad temporal los siguientes periodos: del 08/07/03 al 10/11/03 por lumbago; del 02/08/04 al 13/08/04 por artropatía transitoria hombro; del 07/01/08 al 12/03/08 por lumbago; del 12/06/08 al 19/08/08 por lumbago; del 24/11/08 al 13/07/09 por ciática y del 12/01/10 por cervicalgia."
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Estimando la demanda interpuesta por DOÑA Alicia frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba