STSJ Galicia 4031/2010, 22 de Septiembre de 2010

PonenteALICIA CATALA PELLON
ECLIES:TSJGAL:2010:8010
Número de Recurso2570/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4031/2010
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/3311

NIG: 27028 44 4 2009 0002291

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002570 /2010 ESF

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA: 0002570 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 001

Recurrente/s: Tomás

Abogado/a: FERNANDO PRADO GOMEZ

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a:,

Procurador:,

Graduado Social:

ILMOS/AS MAGISTRADOS/A D./Dª

ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

ALICIA CATALA PELLON

En A CORUÑA, a veintidós de Septiembre de dos mil diez. Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002570 /2010, formalizado por el/la letrado D/Dª FERNANDO PRADO GOMEZ, en nombre y representación de Tomás, contra la sentencia número / dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de LUGO en el procedimiento DEMANDA 0000768 /2009, seguidos a instancia de Tomás frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ALICIA CATALA PELLON.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Tomás presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número /, de fecha siete de Abril de dos mil diez .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: " PRIMERO.- D. Tomás, con D.N.I nº NUM000, y nacido el 27 de noviembre de 1954, se encuentra afiliado al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como consecuencia de su trabajo como industrial del calzado. SEGUNDO.- Inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL que, en Resolución de fecha 25 de mayo de 2009, acordó la no calificación del actor como incapacitado permanente, por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral. La agotó con la formulación de Reclamación Previa que por resolución de 17 de agosto de 2009 fue desestimada. TERCERO.- La base reguladora es la de 2.066,73 euros, y la fecha de efectos el 25 de mayo de 2009. CUARTO.- D. Tomás presenta un cuadro clínico residual de antecedente de Meniscectomía parcial de ambas rodillas en 2003. Diagnosticado de lesiones condrales y Gonartrosis bilateral en 2004. Actualmente rodillas con movilidad conservada."

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Tomás, debo absolver y absuelvo a los demandados

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las pretensiones contenidas en la misma."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Tomás formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL en fecha 26 de Mayo de 2010 .

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día VEINTE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIEZ para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR