STSJ Castilla y León 1224/2010, 22 de Septiembre de 2010
Ponente | MANUEL MARIA BENITO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2010:4918 |
Número de Recurso | 1224/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1224/2010 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01224/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON
SALA DE LO SOCIAL 001
(C/ANGUSTIAS S/N)
N.I.G: 47186 44 4 2008 0001096, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001224/2010
Materia: INCAPACIDAD PERMANENTE
Recurrente/s: Prudencio
Recurrido/s: SMURFIT ESPAÑA S.A., INSS Y TGSS, FREMAP
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de VALLADOLID DEMANDA 0001030/2008
Rec. Núm.1224/10
Ilmos. Sres.:
D. Manuel Mª Benito López
Presidente en funciones
D. Juan José Casas Nombela
Dª.Susana Mª Molina Gutiérrez /
En Valladolid a veintidós de septiembre de dos mil diez
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.1224/10 interpuesto por D. Prudencio contra la Sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Valladolid de fecha 2 de febrero de 2010, recaída en autos nº 1030/08, seguidos a virtud de demanda promovida por precitado recurrente contra FREMAP, SMURFIT ESPAÑA, S.A, INSS y TGSS, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.
Con fecha 3-12-08, procedente de reparto, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social 1 de Valladolid demanda formulada por D. Prudencio en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "Primero.- El actor, Don Prudencio, nacido el 25 de agosto de 1.968, figura afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000, siendo su profesión habitual la de Conductor de máquina de fabricación de papel en la empresa Smurfit España, S.A., empresa que tiene concertado el riesgo de accidentes de trabajo con la Mutua Fremap. Segundo.- Con fecha 20 de abril de 2006, cuando se encontraba prestando servicios para la empresa demandada, el demandante sufrió un accidente de trabajo, al ir a retirar con la mano derecha un trozo de papel que se había quedado enganchando en un rodillo, piando a la situación de incapacidad temporal en la que permaneció hasta el 27 de marzo de 2007, presentando las siguientes secuelas: Limitación de movilidad en muñeca derecha (dinamómetro 110 izdo., 15 dcho. Aproximadamente) en relación con la izquierda. Presencia de cicatrices quirúrgicas en brazo, muñeca y cara palmar mano derecha. Imposibilidad de realizar pinza entre primero y quinto dedo, resto de los dedos conservada. Limitada la realización de puño completa. Tercero.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 2.045,92 Euros mensuales. Cuarto.- Con posterioridad al alta médica el demandante se reincorporó a su puesto de trabajo, en el que ha permanecido hasta la fecha de extinción de la relación laboral, agosto de 2008, percibiendo las retribuciones correspondientes a su puesto de trabajo sin merma alguna. Sus funciones, durante la mayor parte de la jornada tienen como contenido la supervisión y control (visual y mediante paneles) del funcionamiento de la máquina y, en parada, la limpieza y mantenimiento de la máquina, dándose por reproducido, dada su amplitud, el detalle de las tareas a realizar al obrar unido a los folios 58 a 86. A instancia del trabajador se realizó el análisis y evaluación del puesto de trabajo recogido en el documento 1 de la prueba de la empresa. Quinto.- Iniciado expediente para valoración de secuelas como consecuencia del accidente de trabajo, por resolución del I.N. S.S. de 17 de mayo de 2007, el demandante fue declarado afecto de lesiones permanente no invalidantes, con derecho al...
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