STSJ Galicia 3559/2010, 6 de Julio de 2010

PonenteJOSE ELIAS LOPEZ PAZ
ECLIES:TSJGAL:2010:4445
Número de Recurso319/2008
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3559/2010
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 0000319 /2008 BC

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

RICARDO RON LATAS

A CORUÑA, seis de julio de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000319 /2008 interpuesto por LA REGION SA, TELEVISION DE GALICIA, S.A.,

Pedro Enrique, Estrella, y COMPAÑIA DE RADIO Y TELEVISIÓN DE GALICIA contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de OURENSE siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Pedro Enrique, y Estrella en reclamación de CESION ILEGAL siendo demandado LA REGION SA, TELEVISION DE GALICIA, S.A., y COMPAÑIA DE RADIO Y TELEVISIÓN DE GALICIA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000285 /2007 sentencia con fecha uno de Junio de dos mil siete por el Juzgado de referencia que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Pedro Enrique viene prestando servicios desde el 11 de marzo de 2002, con la categoría profesional de Cámara, mediante un contrato de trabajo de duración determinada celebrado con "LA REGION, S.A.", cuyo objeto era "realización de la obra o servicio de cobertura gráfica, teniendo dicha obra autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa", percibiendo un salario de

1.292'31 euros mensuales, incluida prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

La actora Da Estrella viene prestando servicios desde el 1 de marzo de 2005, con la categoría de Editora de TV., mediante un contrato de duración determinada, cuyo objeto es: "Para ejecución do contrato correspondente ó expediente n° NUM000 consistente en Servicio de Novas en Galego na Provincia de Ourense e zonas de influencia, en virtude do disposto polos artigos 36 E 43.2 do Texto Refundido da Lei de Contratos das Administracións Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, mediante contrato firmado entre TVG y La Región, S.A., de fecha efectos 1 de enero de 2005", y percibiendo un salario de 1.254-39 euros mensuales, incluida prorrata de pagas extras. La actora ya anteriormente ya había sido contratada por "LA REGION, S.A.", para realizar trabajos para la TVG, S.A., bajo los siguientes contratos de trabajo y periodos: -Desde el 23/12/2003 al 22/03/2004, contrato de trabajo, eventual por circunstancias de producción. Acumulación de tareas. -Desde el 19/07/2004 al 22/10/2004, contrato de trabajo de interinidad, para sustituir a la trabajadora María Rosa . TERCERO.- En fechas 27 de diciembre de 2000, 27 de septiembre de 2002 y 10 de noviembre de 2004, se celebraron entre La Región, S.A. y Televisión de Galicia, S.A., contratos administrativos, cuyo objeto era: Prestación por parte de la empresa para TVG, S.A., del servicio consistente en la grabación de imágenes y sonidos referidos a entrevistas, acontecimientos y noticias de interés cultural, político, económico, social, deportivo y todos aquellos significativos para Galicia, acaecidos principalmente en la provincia de Ourense, realizando de forma y con los medios precisos para su emisión por televisión. Contratos cuyo contenido por constar en autos se da por reproducidos. CUARTO.- El local donde presta servicios en Ourense, calle Progreso 135, se encuentra arrendado por la Región S.A, a su propietario, existiendo un subarriendo de 80 m2., en favor de Compañía de Radio Televisión de Galicia, según contrato que obra en autos y que se da aquí por reproducido. En dicho local, además de prestar servicios el personal de la Compañía de Radio Televisión de' Galicia en Ourense, constituido por cuatro trabajadores, prestan servicios actualmente 7 trabajadores contratados por la Región S.A., para el cumplimiento de los contratos celebrados con Televisión de Galicia S.A. Cuando el actor empezó a trabajar el 1 de Octubre de 2002 existía una Delegada de Televisión de Galicia S.A., Da Estrella que fue sustituido en fecha 1 de Enero de 2006 por Da Francisca, ambas contratadas por Televisión de Galicia S.A. Como consecuencia de la declaración de cesión ilegal por el Juzgado de lo Social n° Tres de los de Vigo, de una redactora y de la presentación de nuevas demandas por cesión ilegal en fecha 29 de Septiembre de 2006 se celebró una reunión en Santiago de los distintos delegados de Televisión de Galicia S.A., en la cual se decidió cesar a los Delegados de Lugo y Ourense y se nombró a Dª Maribel contratada por la Región, S.A., como coordinadora en Ourense, la cual pasó a ejercer las mismas funciones. QUINTO.- La CRTVG y sus sociedades RTVG, S.A. y TVG, S.A., tienen su sede central en San Marcos, Santiago de Compostela, contando a su vez con 8 delegaciones, una de ellas en Ourense, en la calle Progreso, 1213-2 entresuelo. SEXTO.- El material con el que trabaja la actora y sus compañeros, parte es propiedad de La Región, S.A. y parte de Televisión de Galicia S.A. Pertenecen a Televisión de Galicia S.A.: Material de oficina: -6 ordenadores (3 deles co ENPS, 1 con internet, 1 de producción e outro que xa non se unas porque está obsoleto). -1 impresora (Kyocera FS- 1920), a medias coa radio. -1 fax (Canon Fax-L220). -1 fotocopiadora (Minolta, CSPRO EP 1054) que compartimos la radio y la televisión. -1 TV. -1 monitor de visionado co magneto, remoto y cascos Sennheiser. -7 mesas. 7 armarios-estanterías. -1 caja fuerte. -2 mesas pequeñas auxiliares. -11 sillas. -1 aire acondicionado portátil (Fagor). -1 aire acondicionado fijo (Catrier). Plató: Decorado. -Mesa y silla. -Cámara y trípode para las presentaciones. -Iluminación (5 fresnel y un cuarzo). -2 micros de solapa AKG. -1 pinganillo. Pertenecen a La Región: trípodes, magnetoscopio, cámaras, vehículos, mezcladores, tarjetas de video. La Región S.A., abona los gastos de peluquería y el alquiler de la línea microfónica. SEPTIMO.- Los redactores de la delegación de Ourense actúan en todo momento siguiendo las instrucciones dadas por Santiago, en especial el Jefe de informativos y los Directores de los Telexornales, bien a través de la Delegada, bien directamente y elaboran exclusivamente noticias para Televisión de Galicia S.A. OCTAVO.- Los cámaras de la Delegación de Ourense actúan en todo momento siguiendo las instrucciones que les dan personal de la Televisión de Galicia S.A., respecto a los eventos que tienen que cubrir. NOVENO.- La actora Editora de TV., actúa igualmente en su trabajo siguiendo las instrucciones que le da personal de Radio Televisión de Galicia, S.A. DECIMO.- Nombrado por LA REGION, S.A., existe un jefe de sección D. Benito, que se encarga del mantenimiento del material perteneciente a esta, y que estaba sometido a las órdenes de la Delegada de TVG., hasta que dicho cargo dejó de existir. UNDECIMO.-El horario de la delegación de la Televisión de Galicia, S.A., en Ourense es el siguiente: 1.- Operativamente las 24 horas de lunes a domingo por exigencias de Televisión de Galicia, S.A. 2.- De 8:15 horas a 14:30 horas y de 16:30 horas a 20:30 horas, de lunes a viernes. 3.- Los montadores mantienen operativa la Delegación de la TVG, las 24 horas del día, todos los días del año. Para ello se organizan turnos de: HORARIO FIJO: Mañana: 08:00h. a 16:00h. Tarde: 16:00h. a 00:00h: JORNADA PARTIDA: DE 10:00h. a 14:00h. y de 17:00h. a 19:30h. SIN HORARIO FIJO (denominados EQUIPOS 24 HORAS) Mañana: 04:00h. a 15:00h. Tarde: 15:00h. a 04:00h. La actora Dª Estrella realiza los siguientes turnos: una semana el turno de mañana y a la semana siguiente el turno de tarde. Trabaja un fin de semana al mes. En cuanto a los festivos, trabaja 1 y descansa 1. 4.- Los cámaras, igual que el resto del personal, mantienen operativa la Delegación de la TVG, las 24 horas del día, todos los días del año. Y se organizan con los siguientes turnos: Los cámaras están divididos en 5 equipos: 3 equipos compuesto por dos personas cada. uno y dos equipos de una persona cada uno. 3 equipos, denominados de 24 horas. Entre los que se encuentra el actor D. Pedro Enrique . Que realiza los siguientes turnos: De lunes a viernes: Turno de mañana: 04:00h. a 15:00h. Turno de tarde: 15:00h. a 04:00h. 1 Equipo, denominado de turno partido, que realizan el siguiente horario, de lunes a viernes: De 10:00h. a 14:00h. y de 16:00h. a 20:00h. Trabaja además los fines de semana y festivo que por turno le correspondan. 1 Equipo, igual que el anterior de turno partido, que realizan el siguiente horario de lunes a viernes: De 10:00h. a 15:00h. y de 17:00h. a 20:00h. Trabaja sólo festivos, que por turno le corresponda. Nunca trabaja los fines de semana. Las guardias de fin de semana comienzan el viernes a las 00:00h y terminan el lunes a las 04:00h. Los festivos comienzan a las 00:00h y terminan a las 04:00h del día laboral siguiente. El actor Pedro Enrique, realiza los siguientes turnos: una semana el turno de mañana y a la semana siguiente el turno de tarde. Trabaja un fin de semana cada dos. En cuanto a los festivos, trabaja 2 y descansa 1. Común a los dos actores: Las guardias de fin de semana comienzan el viernes a las 00:00h y terminan el lunes a las 04:00h. Los festivos, comienzan a las 00:00h y terminan a las 04:00h del día laboral siguiente. Los fines de semana, nunca se compensan con descansos. Los festivos se compensan con 1 % de descanso qué se acumulan en vacaciones. DUODECIMO.- En fecha 10 de abril de 2007 se celebró Acto de Conciliación ante el U.M.A.C., con resultado "Sin Avenencia", presentando demanda los actores ante el Decanato el 24 de abril de 2007.

TERCERO

Que la parte dispositiva de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR