STSJ Galicia 1860/2009, 17 de Abril de 2009

PonenteROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2009:2184
Número de Recurso459/2009
Número de Resolución1860/2009
Fecha de Resolución17 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 459/2009 interpuesto por Germán contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de A CORUÑA

siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSA Mª RODRIGUEZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Germán en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado CREDSA SA, EDITORIAL PLANETA SA, PLANETA CORPORACION SR. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 850/2007 sentencia con fecha dieciocho de Agosto de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1.- El actor viene prestando sus servicios para la entidad CREDSA, SA desde el día 01-08-75 con la categoría profesional de gerente y percibiendo un salario mensual de 5.766A9 euros con inclusión de prorrateo de pagas extraordinarias. 2.- La empresa comunicó al actor carta fechada el día 17-09-07 notificando despido objetivo por necesidad de amortizar su puesto de trabajo por las razones que en ella se exponen, carta que aquí se tiene por íntegramente reproducida. 3.- La entidad CREDSA, EDITORIAL PLANETA SA y PLANETA CORPORACION SRL son sociedades que pertenecen al Grupo Planeta, disponen de personalidad jurídica propia y tanto el personal como los agentes de ventas de las mismas espropio y exclusivo de ellas y tanto la dirección como la gestión de las diferentes áreas (Administración, Tesorería, Comercial, Recursos Humanos, etc) es totalmente independiente. 4.- CREDSA efectuó diversos contratos de prestación de servicios, en concreto los siguientes: Contrato de prestación de servicios suscrito entre Editorial Planeta SA, y CREDSA de fecha 19-07-02 que formaliza la prestación de servicios que realiza EDITORIAL PLANETA SA a CREDSA, en concepto de recopilación, verificación y análisis de la información y/o confirmaciones que solicitan para la evaluación del riesgo durante el proceso de filtro de admisión de pedidos.

Contrato de prestación de servicios suscrito entre Planeta Sistemas y Operaciones SL de los siguientes servicios de apoyo de gestión: -Servicios de Administración de Personal. -Servicios de Administración y Contabilidad. -Servicios de Sistemas de Información. -Servicios de Logística. -Servicios de Compras.

  1. -. Con posterioridad a la compra de CREDSA por parte del Grupo Planeta el peso relativo de los gastos de "Servicios exteriores", epígrafe que incluye todos gastos derivados de la prestación de servicios por parte de compañías del Grupo Planeta a CRDSA, sobre el "Importe neto de la cifra de negocios" disminuyó durante el periodo comprendido entre los ejercicios 2002 y 2004. A partir del año 2005, se aprecia un leve cambio de tendencia provocado por el descenso del importe de la cifra de negocio de la Sociedad. 6.- Las cifras de ventas de CREDSA (en miles de euros) por el periodo 2003 a 2006 son los siguientes: 2003 - 25.815; 2004 - 30.210; 2005 - 22.637; 2006 - 7.302. En el año 2007, hasta el 31 de julio, asciende a 1.253.000 euros. 7.- Los importes correspondientes a los resultados del ejercicio antes de impuestos y su variación interanual de la entidad CREDSA en el periodo 2003 a 2006 son los siguientes:

    Descripción Dato

    Importe

    Variación Interanual 2003

    2.670

    456,25% 2004

    2.863

    7,23% 2005

    (1.488)

    (151,97%) 2006

    (10.601)

    (612,43%)

    En el año 2007, hasta el 30-09-07 el importe de resultados asciende a 4.932.000 euros de pérdidas.

  2. - El índice de impagados en el año 2005 ascienda al 10% y en el año 2006 a 8,12%, que supera el porcentaje considerando como aceptable en el Grupo Planeta. 9.- El importe de la cifra de cuentas (en miles de euros) de la delegación de Galaica, correspondiente a los ejercicios 2003 a 2006 y del 1 al 31 de julio de 2007 es el siguiente:

    6384 2004

    6537 2005

    5571 2006

    2178 200710.- El número de agentes de la red comercial de Galicia ha disminuido hasta el punto de que, en 2007, dicho número asciende a 7, siendo en 2004 de 96, en 2005 de 70, y en 2006 de 35. 11.- La entidad CREDSA es una empresa que posee menos de 100 trabajadores y, en el periodo 17-06-07 al 17-09-07 la empresa ha procedido a la extinción de los contratos de trabajo por causas objetivas de los siguientes trabajadores: "El 04-07-07 de la Sra. Delia . El 14-09-07 del Sr. Obdulio . El 14-09-07 del Sr. Roque . El 17-09-07 del propio actor. 12.- No consta que el actor ostente o haya ostentado en el año anterior la condición de representante legal o sindical de los trabajadores de los trabajadores, y, en la sede de Coruña, no consta que exista representación legal de los trabajadores. 13.- Se celebró acto de conciliación ante el SMAC el día 10-10-07 con el resultado de "sin efecto".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Germán contra las empresas CREDSA, SA, EDITORIAL PLANETA, SA, PLANETA CORPORACIÓN SR, Y GRUPO PLANETA, declarándose procedente la decisión extintiva efectuada por la empresa".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda por entender que concurren y están acreditadas las condiciones que motivaron el despido objetivo del demandante.

Frente a ella el propio demandante interpone recurso de suplicación y al amparo del art. 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral pretende la revisión de los hechos declarado probados y en concreto A) del hecho probado decimoprimero para que complete y se consignen los despidos hechos por la empresa desde 21- 9-07, revisión que se admite porque así constan en autos en la propia documental aportada por la empresa.

Y la redacción sería la siguiente: "La entidad CREDSA es una empresa que posee menos de 100 trabajadores, y ha procedido al despido de los trabajadores que a continuación se relacionan en las fechas que se indican:

  1. - Carlos Miguel Jefe de División 19760616 20070608 Despido

  2. - Borja Jefe de Equipo 19970703 20070608 Despido

  3. - Cosme Jefe de Ventas 19840316 20070608 Despido

  4. - Enrique Jefe de Equipo 19930713 20070608 Despido

  5. - Felicisimo Jefe de Equipo 20030301 20070608 Despido

  6. - Gregorio Jefe de División 19750601 20070608 Despido

  7. - Jacinto Jefe de Equipo 19830301 20070608 Despido

  8. - Leon Jefe de División 19751117 20070608 Despido

  9. - Oscar Jefe de División 19820604 20070608 Despido

  10. - Filomena Agente 19991018 20070608 Despido

  11. - Lorena Jefe de Equipo 19980403 20070608 Despido

  12. - Milagros Jefe de Equipo 19990513 20070608 Despido

  13. - Delia 20060323 29970704 Despido Obj

  14. - Obdulio Jefe de Ventas 19681002 20070914 Despido Obj15.- Roque Jefe de Ventas 19681002 20070914 Despido Obj

  15. - Germán Gerente 19750801 20070917 Despido Obj

  16. - Matilde Ofic..Administra. 19730501 20070918 Despido Obj

  17. - Lázaro Ofic..Administra 19730614...

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