STSJ Galicia 4616/2010, 20 de Octubre de 2010

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2010:9071
Número de Recurso2061/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4616/2010
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 2061-2010 -RFILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

A CORUÑA, veinte de octubre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0002061 /2010 interpuesto por Salvadora contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de VIGO siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Salvadora en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0001146 /2009 sentencia con fecha veinticuatro de Febrero de dos mil diez por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La demandante Doña Salvadora, nacida el 25 de septiembre de 1944, figura afiliada a la Seguridad Social en el Régimen Especial del Mar con el número NUM000 . En julio de 1999 fue declarada afecta a incapacidad permanente total para su profesión habitual de operaria en fábrica de pescado congelado, presentando el siguiente cuadro de secuelas: traumatismo cráneo encefálico en 1997 con conmoción cerebral; fractura conminuta colles muñeca izquierda con fractura de estiloides cubital; rotura de ligamento cruzado anterior, ligamento lateral interno y menisco de rodilla derecha, gonartrosis derecha con extensos cambios post cirugía.-

SEGUNDO

Iniciado expediente de revisión y previo informe médico del Equipo de Valoración de Incapacidades, se declaró no haber lugar a la revisión por no agravación por medio de resolución administrativa de 1 de septiembre de 2009.- Interpuesta reclamación previa, la misma fue desestimada por medio de resolución administrativa de 5 de noviembre de 2009.- TERCERO.- Doña Salvadora padece las siguientes dolencias en la actualidad: aneurisma de aorta ascendente; gonartrosis derecha; espondiloartrosis lumbar; intervención quirúrgica de hernia L4- L5 izquierda; estenosis de canal lumbar L3-L4 secundaria a artrosis facetaria con cambios post quirúrgicos y escoliosis lumbar derecha; beta talasemia minor.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Salvadora, debo absolver y absuelvo al Instituto Social de la Marina y al Instituto Nacional de la Seguridad Social, de todos los pedimentos formulados en su contra.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda sobre revisión de invalidez y contra dicha resolución interpone recurso de suplicación la parte demandante, en cuyo primer motivo, al amparo del apartado b) del artículo 191 de la L.P.L ., solicita la revisión de los hechos declarados probados en la sentencia de instancia, en concreto la modificación del ordinal tercero, para añadir al final del mismo, las siguientes dolencias:

"3º.- Insuficiencia Cardíaca. Gonalgia izquierda con dificultad para subir escaleras. Deformidad artrósica. Disnea pequeños esfuerzos. Síndrome depresivo. Adenoma bronquial en bronquio principal izquierdo extirpada en Enero 2006."

No puede aceptarse la revisión solicitada porque es doctrina reiterada por esta Sala que no hay error en la valoración de la prueba cuando el Magistrado de instancia haciendo uso de la...

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