Artículos doctrinales sobre Remoción del tutor
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El régimen jurídico de la tutela tras la Ley 8/2021, de 2 de junio
La reforma operada por la Ley 8/2021, de 2 de junio supone la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. Se impone así un cambio del sistema de sustitución en la toma de decisiones de las personas con discapacidad hasta ahora vigente, a otro basado en el respeto a la
- La tutela y la curatela
- La tutela
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Comentarios a la Ley 13/1983, de 24 de octubre
Personas sujetas a tutela: I. Distinción entre tutela plena y tutela restringida-II. Artículo 222 en la Ley 13/1983, de 24 de octubre: A) Consideraciones generales: a) Prodigalidad, b) Interdicción civil. B) Menores no emancipados que no estén bajo la patria potestad (art. 222, núm. 1.ª). C) Incapacitados, cuando la sentencia lo haya establecido. D) Los sujetos a la patria potestad prorrogada, al
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Artículo 247
I. Consideraciones generales.-II. Causas de remoción.
- Artículo 276
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Artículo 248
I. Procedimiento de remoción.
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Artículo 277
I. Otras causas de extinción de la tutela: consideraciones generales.-II. Examen particular de estas causas.
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Artículo 249
I. Suspensión del tutor.