Sentencias sobre Enfermedad profesional

967 sentencias sobre Sentencias sobre Enfermedad profesional

  • STS 63/2018, 25 de Enero de 2018

    PENSIÓN DE VIUDEDAD. Hemos sostenido que, se declare la responsabilidad de una Mutua respecto de prestaciones por enfermedad profesional, la ausencia de reclamación previa en el plazo legal obsta para que dicha Mutua reinicie el procedimiento porque la previsión del art. 71 LRJS, limitando los efectos del defecto de formulación de demanda a la exclusiva caducidad del expediente y dejando intacto...

  • STS, 5 de Noviembre de 2014

    SÍNDROME DE TÚNEL CARPIANO BILATERAL. ENFERMEDAD PROFESIONAL. PERSONAL DE LIMPIEZA. En base a la presunción de las enfermedades consideradas como enfermedades profesionales, se califica como enfermedad profesional del personal de limpieza el síndrome de túnel carpiano bilateral. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina.

  • STS, 8 de Marzo de 2016

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor generalmente aceptados. Se estima la casación.

  • STS 424/2016, 12 de Mayo de 2016

    PROCESO DE SEGURIDAD SOCIAL. ENFERMEDAD PROFESIONAL. ACUMULACIÓN DE ACCIONES. Es verdad que la suma total de lo reclamado en la demanda obedecía a cantidades satisfechas por la Mutua a los beneficiarios como consecuencia de distintas contingencias, y es probable incluso que alguna de ellas trajera causa de diferentes acontecimientos de naturaleza profesional, pero lo decisivo es pretensión...

  • STS, 17 de Marzo de 2015

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. RECARGO POR FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. El recargo debe atemperarse cuando no se aprecia un absoluto desprecio de la normativa de prevención, como es el caso, en el que la actuación de la empresa, con conocimientos más exactos de la incidencia de la inhalación de aquellas fibras de amianto y sus consecuencias, procede a procurar determinadas actuaciones protectoras de...

  • STS, 4 de Febrero de 2015

    COBERTURA DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES. ENFERMEDAD PROFESIONAL E INCAPACIDAD PERMANENTE. La responsabilidad de las prestaciones por incapacidad permanente corresponde a la entidad gestora o a la mutua que cubriera las contingencias profesionales en el momento del cese del último puesto de trabajo en el que existiese riesgo de la enfermedad profesional que motivara la incapacidad permanente. Se...

  • STS, 2 de Marzo de 2016

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor generalmente aceptados. Se estima la casación.

  • STS 188/2017, 7 de Marzo de 2017

    PRESTACIONES POR ENFERMEDAD PROFESIONAL. DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD. Si por resolución del INSS se declara la responsabilidad de una Mutua respecto de prestaciones por enfermedad profesional, la ausencia de reclamación previa en el plazo legal obsta para que la Mutua reinicie el procedimiento con ulterior reclamación. El art. 71 LRJS únicamente se refiere al reconocimiento/denegación de...

  • STS, 6 de Marzo de 2012

    FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. ENFERMEDAD PROFESIONAL. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA. La cuestión que se plantea consiste en determinar si puede entenderse que existe nexo causal entre la falta de medidas de seguridad y la aparición y desarrollo de la enfermedad profesional contraída por el trabajador, soldador de la empresa CAF, y que en su trabajo estaba expuesto al amianto, y en consecuencia...

  • STS 190/2018, 21 de Febrero de 2018

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. CALIFICACIÓN. INCAPACIDAD. Las patologías, aunque parecidas, no son las mismas, incluso la sentencia de contraste afirma que no existe afectación del manguito de los rotadores, cuando dice que no es esa la patología que aqueja la trabajadora. Tampoco el debate jurídico fue el mismo, porque en el caso de la sentencia recurrida se argumenta sobre la existencia de una...

  • STS 579/2017, 4 de Julio de 2017

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. PRESTACIONES POR MUERTE Y SUPERVIVENCIA. La permanencia durante toda la vida activa del trabajador en un ambiente del que no se duda su condición de creador de riesgo plantea desde luego la dificultad de establecer en que momento debe afirmarse que el riesgo deja serlo simplemente para convertirse en una afección de la que el trabajador es víctima pues en la enfermedad...

  • STS, 16 de Septiembre de 2015

    PRESTACIONES POR MUERTE Y SUPERVIVENCIA. El principio de igualdad exige que a iguales supuestos de hecho se apliquen iguales consecuencias jurídicas. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con...

  • STS 692/2016, 20 de Julio de 2016

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. PRESTACIONES POR MUERTE Y SUPERVIVENCIA. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor generalmente aceptados. Se estima la casación.

  • STS 140/2018, 13 de Febrero de 2018

    PENSIÓN DE VIUDEDAD. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor generalmente aceptados. Se estima la casación.

  • STS 335/2016, 26 de Abril de 2016

    FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. RECARGO DE PRESTACIONES. Existe base fáctica para reconocer la responsabilidad empresarial y, respecto a la posibilidad de modificar o no el porcentaje de recargo aplicado por el Juzgado de instancia, considera que en ese caso no concurren especiales circunstancias que lo permitan, ya que existe una infracción grave por su naturaleza, que de forma clara causó la...

  • STS, 14 de Septiembre de 2015

    PENSIÓN DE VIUDEDAD. El principio de igualdad exige que a iguales supuestos de hecho se apliquen iguales consecuencias jurídicas. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten art flciosas, o injust por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor...

  • STS, 11 de Diciembre de 2013

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. INCAPACIDAD TEMPORAL. INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. Tal conocimiento solamente se produce en la fecha en que se ha dictado la correspondiente resolución firme en proceso de IP, que es cuando el beneficiario conoce cuáles van a ser las consecuencias que las secuelas le van a producir y cuáles los perjuicios que de ellas se van a derivar. Por tanto debe ser el momento

  • STS, 15 de Septiembre de 2015

    PENSIÓN DE VIUDEDAD. La caducidad limita sus efectos a cerrar un procedimiento individualmente considerado y no afecta a las acciones para reivindicar los derechos de Seguridad Social objeto del expediente "caducado", que pueden promoverse de nuevo en cualquier momento siempre que la acción no haya decaído por el transcurso del tiempo, puesto que resulta inadmisible que el incumplimiento de un...

  • STS, 15 de Diciembre de 2015

    ACCIDENTE DE TRABAJO. ENFERMEDAD PROFESIONAL. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor generalmente aceptados. Para que la diferenciación resulte...

  • STS, 15 de Diciembre de 2015

    ACCIDENTE DE TRABAJO. ENFERMEDAD PROFESIONAL. El principio de igualdad no prohíbe al legislador cualquier desigualdad de trato, sino sólo aquellas desigualdades que resulten artificiosas, o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y suficientemente razonables de acuerdo con criterios o juicios de valor generalmente aceptados. Para que la diferenciación resulte...

  • STS, 16 de Diciembre de 2015

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. PRESTACIÓN DE VIUDEDAD. Los capitales coste de pensiones, cualquiera que sea el periodo de supervivencia de los beneficiarios, no serán objeto de reversión o rescate, total o parcial, y no procederá la realización de reintegro alguno a la mutua o a la empresa por esta causa. Se estima la casación.

  • STS 891/2017, 15 de Noviembre de 2017

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. IMPUTACIÓN DE RESPONSABILIDADES. INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. PRESTACIÓN. La regla general es que la responsabilidad corresponde a aquella entidad en la que está asegurada la contingencia en el momento en el que se produce el hecho causante. Al tratarse de enfermedad profesional, el hecho causante no se produce en un momento concreto y determinado, sino que va...

  • STS, 15 de Diciembre de 2015

    MEDIDAS DE SEGURIDAD. ADQUISICIÓN DE EMPRESAS. La responsabilidad de pagar el recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad a un trabajador que falleció por enfermedad profesional, lo hereda la empresa que adquiere la empresa en la que prestaba sus servicios el empleado, ya que prima la faceta indemnizatoria sobre la sancionadora o preventiva. Se desestima el recurso de casación para...

  • STS 916/2017, 22 de Noviembre de 2017

    ENFERMEDAD PROFESIONAL. PRESTCIONES POR INCAPACIDAD PERMANENTE. La regla general es que la responsabilidad corresponde a aquella entidad en la que está asegurada la contingencia en el momento en el que se produce el hecho causante. Sin embargo, al tratarse de enfermedad profesional, el hecho causante no se produce en un momento concreto y determinado, sino que va gestándose a lo largo del tiempo...

  • STS 650/2016, 12 de Julio de 2016

    PENSIÓN DE VIUDEDAD. El derecho a la tutela judicial efectiva no es un derecho de libertad, ejercitable sin más y directamente a partir de la Constitución, ni tampoco de un derecho absoluto e incondicionado a la prestación jurisdiccional, sino de un derecho a obtenerla por los cauces procesales existentes y con sujeción a una concreta ordenación legal sino que en cuanto derecho prestacional es...

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