Artículos doctrinales sobre Derecho a la tutela judicial efectiva
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- De la presunción de inocencia en nuestro ordenamiento jurídico: Consideración del derecho a no declarar contra sí mismo y del derecho a no confesarse culpable
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El período a considerar en el derecho a un juicio justo
I. Introducción.-II. El periodo a considerar: 1. Según su contradicción: A) Como cuestión pacífica de previo pronunciamiento. B) Como cuestión controvertida. 2. Según el tipo de asunto: A) En asuntos penales. B) En asuntos civiles. 3. Según su extensión: A) En la totalidad del proceso. B) En alguna de sus instancias. 4. Especial consideración en sede constitucional. 5. Especial consideración del...
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Sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de marzo de 2000. -Sala 2.ª-Ponente: Señor Viver Pi-Sunyer.
Indefensión. Se vulnera el derecho a la tutela judicial cuando falta la notificación del recurso de apelación interpuesto por la contraparte.
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Sentencia del Tribunal Constitucional de 7 de mayo de 2001. Ponente: Jiménez de Parga.
Arrendamiento de local de negocio: se vulnera el derecho a la tutela judicial cuando no hay posibilidad de defenderse de la adhesión de una apelación.
- El Derecho a la tutela Jurisdiccional.
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Sentencia de18 de julio de 1991.
TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.-Comparecencia ante los Tribunales.-Documento Nacional de Identidad.-Sala 1.-Ponente: Sr. Leguina Villa.
- Tercería de dominio, escritura pública, legitimación registral y tutela judicial efectiva (Lectura fuertemente crítica del art. 593.3 de la nueva LEC)
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Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de febrero de 2000
EXPROPIACIÓN FORZOSA.- Alegada vulneración del derecho a la prueba y a la tutela judicial efectiva, no se admite el recurso de amparo por no haberse interpuesto recurso de casación contra la sentencia de instancia, siendo irrelevante que no se admitiera antes un recurso de amparo por prematuro. -Sala 2.ª.-Ponente: Sr. Vives Antón.
- Ley 1/1996 de 10 de Enero de 1996
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Consideraciones sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
1. Ideas preliminares.-2. El derecho a la tutela jurisdiccional introducción.-3. Análisis del apartado i del articulo 24 de la CE: A) Presupuestos subjetivos, objetivos y funcionales de su ejercicio: a) Subjetivos; b) Objetivos: c) Funcionales: aa) Derecho al Juez natural; ab) Derecho a la defensa y asistencia de Letrado; ac) Derecho a ser informado de la acusación formulada; ad) Derecho a un...
- González Pérez, J.: El derecho a la tutela jurisdiccional. Cuadernos Civitas, 1984.
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Sentencia de 2 de julio da 1987.
Tutela judicial efectiva. Se extiende al derecho a recurrir contra las resoluciones judiciales por las partes que resulten perjudicadas, que pueden impugnarlas en forma.- Sala Segunda-Recurso de amparo número 814/1986.-(BOE, 28 de julio).- Ponente: Sr. De la Vega Benayas.
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Sentencia de 10 de junio de 1987.
Derecho a la tutela judicial efectiva. No se viola el artículo 24, 1, de la Constitución si la prueba no admitida no es básica para la cuestión; tampoco si la sentencia es congruente, aunque sea dictada por Juez distinto de aquel que celebró la vista. Sala Primera. Recurso de amparo número 458/1986.
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Sentencia de 20 de octubre de 1988.
Vista oral sin letrado.-Cuando el Letrado no asiste por enfermedad, previamente acreditada, debe suspenderse la vista. En otro caso, se faltaría a la tutela judicial efectiva.-Sala Segunda.-Ponente: Sra. Begué Cantón.-Recurso de amparo 14/1988.
- Sentencia de 25 de junio de 1986. Alteración de la pensión por divorcio.-la resolución judicial debe afrontar el fondo, pues en otro caso se produce una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.-sala 1.ª-Ponente: D. Eugenio Díaz Eimil.-Recurso de amparo 655/1985 (Boletín Oficial del Estado del 22 de julio de 1986).
- Sentencia de 29 de enero de 1987.-Cuantía de la litis.- Hay privación de la tutela judicial efectiva cuando no se admite un recurso de casación porque la cuantía era insuficiente, cuando se había seguido el pleito como de cuantía indeterminada.-Recurso de amparo número 116 de 1986.-Sala Segunda.-Ponente: Don Fernando García-Mon y González Regueral.
- Proceso y forma