Recurso de apelación por no imposición de costas tras estimación de cláusulas abusivas

AutorPaz Cano
Cargo del AutorAbogada
Actualizado aMarzo 2024

NOTA: Es preciso comprobar los Acuerdos Jurisdiccionales de la Audiencia Provincial que corresponda. La mayoría de las Audiencias acuerdan que será de aplicación para aquellos procedimientos incoados (presentación demanda) a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, el 20 de marzo de 2024. En los procedimientos iniciados con anterioridad se formalizará el recurso ante el juzgado de primera instancia que dictó la sentencia.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ....................

PROCEDENCIA: Jdo. 1ª instancia ....................

Procedimiento ....................

A LA SALA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL QUE CORRESPONDA

D./Dña. ...................., Procurador/a de los Tribunales y de ...................., ante la AUDIENCIA PROVINCIAL DE .................... , comparece como parte Apelante y (ACTORA/DEMANDADA) en el procedimiento de origen .................... referenciado y como mejor en derecho proceda, DIGO:

Que le ha sido notificada a esta parte, con fecha .................... , la Sentencia núm. .................... dictada el pasado día .................... en los autos seguidos ante el Juzgado de primera instancia número .................... en el procedimientos .................... y siendo parcialmente desfavorable a los intereses de mi mandante, por medio del presente escrito, conforme previene el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, INTERPONGO RECURSO DE APELACIÓN en base a los siguientes presupuestos y motivos:

PRESUPUESTOS
  1. INTERPONGO el presente recurso de apelación contra la Sentencia número .................... , de fecha .................... , recaída en los autos del procedimiento .................... seguido ante el juzgado de primera instancia número .................... De los de ....................

  2. De conformidad con el artículo 458.1 LEC y cumpliendo con el traslado previsto en el articulo 276 del mismo cuerpo legal, el recurso se presenta ante el tribunal competente para conocer del mismo, en este caso, ante la AUDIENCIA PROVINCIAL DE .....................

  3. El recurso se interpone dentro del plazo legal de veinte días hábiles siguientes a la notificación de la resolución impugnada, tal como prevé el artículo 458.1 de la LEC.

  4. La resolución impugnada es susceptible de recurso de apelación a tenor de lo dispuesto en el artículo 455.1 de la LEC, que en su redacción vigente establece que "las sentencias en toda clase de juicios, los autos definitivos y aquellos otros que la ley expresamente señale, serán apelables con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando esta no supere los 3.000 euros"

  5. Dirijo el recurso a impugnar los pronunciamientos de la Sentencia recurrida mediante los que falla la estimación parcial de la demanda formulada por esta parte cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:" ESTIMO PARCIALMENTE ...................... Sin costas".

  6. Las exigencias de postulación quedan cumplidas con la comparecencia mediante Procurador de los Tribunales, y asistida de abogado en ejercicio, ambos colegiados y habilitados para ejercer ante el Juzgado (arts. 23.1 y 31 LEC), y ante la Audiencia Provincial de .....................

  7. En cumplimiento del art. 458.2 de la LEC se exponen como motivos del recurso los siguientes:

    FUNDAMENTOS DEL RECURSO

    PREVIO: PRONUNCIAMIENTOS QUE SE RECURREN

    Esta representación únicamente recurre el pronunciamiento correspondiente a la no imposición de las costas procesales a la entidad demandada, hallándose conforme con el resto de los pronunciamientos y con el contenido de la sentencia que no sea especialmente recurrido en este escrito.

    PRIMER MOTIVO.- Sobre la no imposición de costas: Por vulneración de los artículos 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13/CEE y del principio de efectividad y disuasorio del Derecho de la UE. Por inaplicación de la jurisprudencia del tribunal de justicia de la unión europea y la doctrina del tribunal supremo en relación con el principio de efectividad:

    Dispone la Directiva, en el Artículo 6: Los Estados miembros establecerán que no vincularán al consumidor, en las condiciones estipuladas por sus derechos nacionales, las cláusulas abusivas que figuren en un contrato celebrado entre este y un profesional y dispondrán que el contrato siga siendo obligatorio para las partes en los mismos términos, si este puede subsistir sin las cláusulas abusivas.

    Y a continuación, el artículo 7: Los Estados miembros velarán por que, en interés de los...

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