STSJ Comunidad de Madrid 1419/2006, 24 de Julio de 2006

PonenteANGELES HUET DE SANDE
ECLIES:TSJM:2006:9703
Número de Recurso1970/2002
Número de Resolución1419/2006
Fecha de Resolución24 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01419/2006

SENTENCIA Nº 1419

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA.

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte.

Magistrados:

Dª. Angeles Huet de Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

Dª. Berta Santillán Pedrosa

D. José Luis Quesada Varea

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

En la Villa de Madrid a veinticuatro de julio del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 1970/02, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Concepción Giménez Gómez, en nombre y representación de don Gabriel, contra la resolución dictada por el Director General Gerente del INVIFAS, de fecha 13 de junio de 2002, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la desestimación presunta por silencio de la petición de subrogación en la titularidad de una vivienda de dicho Instituto; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

Por la Abogacía del Estado se contesta a la demanda, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a Derecho.

TERCERO

Habiéndose recibido el presente proceso a prueba y presentados por las partes escritos de conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 15 de junio de 2006, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Angeles Huet de Sande.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por don Gabriel contra la resolución dictada por el Director General Gerente del INVIFAS, de fecha 13 de junio de 2002, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la desestimación presunta por silencio de la petición de subrogación en la titularidad de una vivienda de dicho Instituto.

SEGUNDO

Para la resolución del presente recurso contencioso administrativo resulta necesario tener en cuenta los siguientes hechos derivados del expediente administrativo y de las alegaciones de las partes:

a).- El padre del actor, don Jose Antonio, militar, obtuvo, mediante contrato de fecha 22 de agosto de 1964, la cesión del uso de una vivienda militar, sita en la CALLE000, nº NUM000, Esc. Izda., NUM001, de Madrid, falleciendo con fecha 26 de enero de 1980.

b).- Tras el fallecimiento del padre del actor, se concedió la subrogación en el uso de dicha vivienda a la madre del mismo, esposa del fallecido, doña María Antonieta, mediante resolución del Director General Gerente del INVIFAS de fecha 2 de febrero de 2000.

c).- Tras producirse, con fecha 8 de noviembre de 2000, el fallecimiento de su madre, su hijo, don Gabriel, demandante en el presente recurso, solicita nueva subrogación en la citada vivienda que es denegada por la...

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