Valores de la Cultura Económica Cooperativa

AutorJavier Divar
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Profesor de Derecho Mercantil de la Universidad de Deusto. Director del Departamento de Derecho de la Empresa.
Páginas47-55

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A diferencia de lo que sucede con los valores económicos del capitalismo, que se han convertido en valores sociales en las sociedades avanzadas, dada la extensión e imperio del sistema, los valores cooperativos no tienen la cualidad de sociales y siguen en el ámbito privado. Por ello al tratar de los valores cooperativos siempre ha de hacerse una abstracción, referida al limitado círculo de las empresas cooperativas y su ámbito estricto de influencia.

Pero la diferencia de los baremos comparativos no significa que la comparación quede falseada por ello, si nos limitamos al análisis de los contenidos sustantivos (aunque teóricos) de los valores cooperativos.

Bajo esa premisa de limitación previa, veremos las diferencias estructurales entre unos valores y otros, que en ese contexto abstracto son enormes, ya que se parte de planos radical-mente diferentes: unos ponen en valor al capital, otros a las personas. Esa radicalidad se limita después (en el plano de los hechos, que lima el de los conceptos) por las correcciones sociales del sistema capitalista avanzado (que tiene una larga tra-

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dición de suavizamiento de sus aristas antisociales) y, por parte de las empresas cooperativas, de "aggiornamento" a la competitividad de los mercados en que trafican (que no son precisamente círculos de cooperación).

Así las cosas, los valores cooperativos precisan en su análisis de un desiderátum, en que se basa por cierto su utopía, consistente en imaginar su extensión benefactora para la sociedad, a sabiendas de que su extensión social general no se ha producido ni siquiera parcialmente. Conforman por tanto una alter-nativa meramente conceptual en el plano sociológico.

Una vez delimitado el campo comparativo, es ya posible entrar en el análisis de los caracteres que delimitan el cooperativismo como sistema económico (y las cooperativas como sociedades típicas del mismo, como las sociedades por acciones lo son del sistema capitalista).

La diferencia estructural de las cooperativas en relación a las sociedades capitalistas está, en su esencia, en el distinto valor democrático de ambos sistemas, como ya se ha adelantado. En las cooperativas estamos ante una democracia económica de las personas partícipes. En las capitalistas ante la democracia accionarial representativa del capital. Jurídicamente, en el caso de las cooperativas, la soberanía de la persona jurídica está en los socios como personas (voto unipersonal); en las compañías capita-listas en el capital (voto accionarial, acumulativo). En el caso de las cooperativas estamos por consecuencia ante una democracia directa. En el caso de las sociedades capitalistas ante una demo-cracia orgánica (de la junta de accionistas, suma alícuota de las cuotas de capital nominal o acciones). Por eso, concluimos, en

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puridad se dice que las cooperativas sistematizan la democracia económica, es decir, en ellas se produce una participación...

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