SAP Alicante 105/2007, 13 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA DOLORES LOPEZ GARRE |
ECLI | ES:APA:2007:59 |
Número de Recurso | 576/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 105/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª |
Rollo de apelación nº576-06.
Juzgado de Primera Instancia nº1 de Novelda.
Procedimiento Juicio verbal nº676-05.
Cuantia:-920€.
S E N T E N C I A Nº 105/07
Iltmos Srs.
Don Francisco Javier Prieto Lozano.
Don José María Rives Seva.
Doña Maria Dolores López Garre.
En la Ciudad de Alicante a trece de Marzo del año dos mil siete.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs. expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº576-06 los autos de juicio verbal nº676-05 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº1 de la ciudad de Novelda en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada Don Juan Luis que han intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representado por el Procurador Señor Montes Torregrosa y defendidos por la Letrada Señora Pérez Torregrosa y siendo apelado la parte actora Don Luis representado por la Procuradora Señora Bieco Marín y defendidos por el Letrado Señor Benito Mirambell.
ANTECEDENTES DE HECHOS
Por el Juzgado de Primera Instancia nº1 de la Ciudad de Novelda y en los autos de Juicio verbal nº676-05 en fecha 17- 7-06 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO.-Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Serra Escolano, en nombre y representación de Don Luis frente a Don Juan Luis, condeno al citado demandado a reintegrar al actor la plena posesión del trozo de terreno en donde construyó un camino de 115 metros de longitud y 3 metros de ancho, así como a realizar las obras que fueren necesarias para reponer la posesión del citado tramo al actor, roturando el camino construido y dejando la finca poseída por el actor en el estado anterior al despojo efectuado en Abril de 2005, bajo apercibimiento de realizar dichos trabajos forzosamente y a su costa, así como de que se abstenga de realizar nuevos actos que pertuben la posesión ostentada por el Sr. Luis, todo ello con expresa condena en costas a la demadada.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº576-06.
En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales, señalándose para votación y fallo el día 13-3-07 y siendo ponente la Iltma. Sra. Doña Maria Dolores López Garre.
Como ha tenido ocasión de declararse ya con reiteración por esta Sala en sentencias de 27 de Enero de 1.997, 18 de Febrero de 1.999,8 de Junio de 1.999, el anteriormente denominado Juicio de interdicto de retener o recobrar la posesión, hoy llamados procesos de tutela sumaria de la posesión de una cosa o derecho, es un proceso sumario, destinado a proteger la posesión como hecho el hecho mismo de la posesión, contra las pertubaciones que la dañan, correspondiéndola antiguo" interdictum...
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