Terminología de la apelación: appellatio-provocatio

AutorAlfonso Agudo Ruiz
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Romano. Universidad de La Rioja
Páginas21-28
I
TERMINOLOGÍA DE LA APELACIÓN:
APPELLATIO- PROVOCATIO
Como ha puesto de relieve Orestano 19, para la época de los Severos, los térmi-
nos appellatio y provocatio son términos utilizados por los juristas, emperadores
y autores literarios con una notable intercambiabilidad, para indicar el recurso, la
apelación, al emperador o a un juez superior a aquél que ha emitido la sentencia
impugnada.
Igualmente para Pergami 20, los términos appellatio y provocatio son utilizados
prolija e indiferentemente en los textos normativos del Bajo Imperio, e indican la
institución jurídica de la apelación. En el fondo existe una más o menos consciente
identificación con la antigua figura de la provocatio ad populum y de la appellatio
al tribuno de la plebe para obtener el auxilium, hay un sentido de continuidad entre
aquellos institutos y la verdadera y propia apelación. En definitiva, los términos ap1
pellatio y provocatio son utilizados como sinónimos. Su alternancia obedece a una
mera diferencia formal, vinculada también, probablemente, a una necesidad estilísti-

término provocatio en materia criminal, como lejano recuerdo, quizá, de la función
originaria del instituto.
La legislación de Justiniano recogida tanto en el Codex repetitae praelectionis
como en las Novellae, utiliza también los términos appellatio y provocatio y formas
derivadas, como sinónimos, sin ninguna diferencia conceptual, quizá su distinta uti-

En el Codex repetitae praelectionis registramos la utilización del sustantivo ap1
pellatio o del verbo 55 en C. I. 1. 4. 29, donde regula con precisión los grados
de la jurisdicción eclesiástica y sus apelaciones, en c. 2 h. t. utiliza “appellet”, en c. 9
h. t. utiliza el término “appellatio”.
19 ORESTANO, L’appello civile, cit., 147 ss., especialmente 163 ss. En este sentido, MURGA, El
proceso, cit., 388 nt. 584.
20 PERGAMI, L’ appello, cit., 238 ss.

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