STS, 20 de Junio de 2000

PonenteGULLON BALLESTEROS, ANTONIO
Número de Recurso2233/1995
Procedimiento16
Fecha de Resolución20 de Junio de 2000
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil
ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- El Procurador Don Eduardo Jesús Sánchez Alvarez, en representación de "Societe Provence Import Export S.A.R.L.", solicita aclaración de la sentencia de esta Sala en el presente recurso de fecha 24 de mayo de 2.000, en el sentido de subsanar el error recogido en el Fallo que dice:

"Sin hacer declaración sobre el depósito al no haberse constituido", cuando como queda acreditado en autos que se constituyó.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Conforme al artículo 267.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 363 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede subsanar el error material observado en el Fallo de la sentencia dictada en este recurso con fecha 24 de mayo de 2.000, y donde dice: "Sin hacer, declaración sobre el depósito al no haberse constituido", debe decir: "Con pérdida del depósito constituido, al que se dará el destino legal pertinente", ya que el Fallo de la citada sentencia es desestimatoria, por lo que conforme a lo establec ido en el art. 1.715 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede la pérdida del mismo.

FALLAMOS

Acceder a la aclaración solicitada por el Procurador Don Eduardo J.S.A., en representación de "Societe Provence Import Export S.A.R.L.", en el sentido de subsanar el error material recogido en el Fallo de la mencionada sentencia, debiendo decir respecto al depósito "Con pérdida del depósito constituido, al que se dará el destino legal pertinente".

67 sentencias
  • SAP Valencia 127/2023, 21 de Marzo de 2023
    • España
    • 21 Marzo 2023
    ...20 de marzo de 1991, 11 de mayo de 1992, 28 de julio de 1992, 28 de febrero de 1995, 1 de diciembre de 1999, 2 de febrero de 2000, 20 de junio de 2000, 3 de abril de 2001, y 25 de febrero de 2002, entre otras muchas). De hecho, asi lo exige el articulo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civi......
  • SAP Valencia 675/2008, 17 de Noviembre de 2008
    • España
    • 17 Noviembre 2008
    ...contra los fundamentos (SS. del T.S. de 14-2-91, 23-3-91, 18-2-92, 4-6-92, 20-6-92, 19-11-92, 10-2-93, 1-12-93, 20-2-95, 7-10-96, 7-3-00 y 20-6-00, entre otras). Esto significa que la preparación se hizo defectuosamente y que esa circunstancia debió propiciar que no se tuviese por preparado......
  • SAP Valencia 630/2009, 18 de Noviembre de 2009
    • España
    • 18 Noviembre 2009
    ...contra los fundamentos (SS. del T.S. de 14-2-91, 23-3-91, 18-2-92, 4-6-92, 20-6-92, 19-11-92, 10-2-93, 1-12-93, 20-2-95, 7-10-96, 7-3-00 y 20-6-00, entre otras). Efectuada la anterior puntualización, el primer motivo del recurso se contrae a la decisión de excluir del activo de la herencia ......
  • SAP Valencia 106/2008, 25 de Febrero de 2008
    • España
    • 25 Febrero 2008
    ...sin gravamen no existe legitimación para recurrir (SS. del T.S. de 12-3-90, 23-10-90, 20-3-91, 11-5-92, 28-7-92, 28-2-95, 1-12-99, 2-2-00, 20-6-00, 3-4-01 y 25-2-02, entre otras muchas ). En consecuencia, si el Sr. Bruno no ha sido condenado no puede atacar la sentencia, pues nada le afecta......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • La sede normativa del Derecho Civil común: Los estragos de la descodificación
    • España
    • Anuario de Derecho Civil Núm. LX-3, Julio 2007
    • 1 Julio 2007
    ...matrimonial sin posesión de estado, que aunque el artículo 133 CC reconoce de modo exclusivo al hijo, se extiende al progenitor (SSTS de 20 de junio de 2000, 2 de octubre de 2001, etc.), interpretación consagrada finalmente en la STC 273/2005, de 27 de octubre; la declaración de inconstituc......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR