Síntesis conclusiva

AutorMiguel Herrero Medina
Páginas387-399
SÍNTESIS CONCLUSIVA
1. La primera de las conclusiones alcanzadas en este trabajo atañe a las
causas que habrían propiciado la aparición de la institución tutelar. Sobre la
base de los textos de Ulpiano en relación con la familia romana, tenemos
constancia de que cuando se producía el fallecimiento del pater familias, to-
das las personas libres inmediatamente sometidas a su autoridad devenían ju-
rídicamente independientes (Ulpiano, 46 ad Ed., D. 50.16.195.2).
Así pues, el grupo familiar originario se dividía en tantas nuevas familias
como personas libres se encontrasen inmediatamente sometidas a la autoridad
del pater familias fallecido. Sin embargo, mientras que desde el punto de vista
personal se producía esta fragmentación de la familia, parece que antiguamen-
te los herederos del causante tendían a mantener el patrimonio doméstico in-
diviso. A este respecto, hemos destacado que durante la época arcaica existían
diferentes causas de índole económica, social, religiosa y política que fomen-
taban el mantenimiento de ciertas formas de vida comunitarias fundamentadas
en la indivisión del patrimonio doméstico.
De acuerdo con diversas fuentes de época antigua, sabemos que a la muer-
te del pater familias se constituía el denominado consortium ercto non cito.
Según aparece en las Instituciones de Gayo (Gai. 3.154), la procedencia eti-
mológica de esta denominación debía entenderse referida a una sociedad de
-
cos realizados sobre esta denominación, parece que la denominación de «erc-
to non cito» aludía a una sociedad que se caracterizaba porque su división no
había sido provocada por ninguno de los consortes.
Esta interpretación concuerda perfectamente con las características que el
propio Gayo atribuía al consortiumsocietas legi-
tima et naturalis». Con estas palabras quería dar a entender que esta institu-
ción no solo se habría recogido en la legislación decenviral, sino que además
se adaptaba a las características sociales, económicas, políticas y religiosas
del mundo antiguo. En palabras de Gayo, se trataría de una institución jurídi-
ca fundada en la naturalis ratio.

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