STSJ Comunidad de Madrid 772/2006, 30 de Octubre de 2006

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2006:10918
Número de Recurso2780/2006
Número de Resolución772/2006
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

IGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER JUAN MIGUEL TORRES ANDRES JAVIER JOSE PARIS MARIN

RSU 0002780/2006

T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00772/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 2780/06

Sentencia número: 772/06

J.A.P

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZALEZ ALLER

Presidente

Ilmo. Sr. Dº. JUAN MIGUEL TORRES ANDRES

Ilmo. Sr. Dº. JAVIER PARIS MARIN

En la Villa de Madrid, a treinta de octubre de dos mil seis, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 2780/06 formalizado por el Sr. Letrado del SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD DE LA COMUNIDAD DE MADRID (SERMAS), contra la sentencia de fecha 15-3-06, dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de MADRID, en sus autos número 93/06, seguidos a instancia de D. Esteban, Dª. Ángeles, Dª. Catalina y Dª. Erica frente a el Organismo recurrente, en reclamación por cantidad, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. Dº. JAVIER PARIS MARIN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- Los actores vienen prestando servicios para el Hospital General Universitario Gregorio Marañón con la categoría y antigüedad que para cada uno de ellos se indica a continuación:

D. Esteban : Auxiliar Administrativo nivel 3, 2-4-01, prestando servicios en el Servicio de Informes clínicos.

Dª Ángeles : Auxiliar Administrativo nivel 3, 1-4-97, prestando servicios en el Servicio de Informes clínicos.

Dª Catalina : Auxiliar Administrativo nivel 3, 1-4-97, prestando servicios en el Servicio de Radiología Torácica.

Dª Erica : Auxiliar Administrativo nivel 3, 1-4-97, prestando servicios en el servicio de Neurorradiología.

SEGUNDO

En el periodo reclamado en la demanda del 1-11-04 al 31-10-05 los actores han venido realizando las siguientes funciones:

  1. D. Esteban Y

  1. Dª Ángeles

    - Control y seguimiento de toda la actividad administrativa del Servicio, correspondencia, localización, custodia y envio de todas las historias clínicas necesarias a diferentes departamentos o al archivo central, desarrollando las siguientes tareas:

    1. Gestión, seguimiento y control de todas las historias clínicas del Servicio.

    2. Gestión de informes: registro y mecanografiado.

    3. Diseño y estructuración en Sftware de todos los informes, datos, cuadros, etc. requeridos en el Servicio. d) Supervisión, seguimiento y reclamación a los distintos Servicios Médicos (facultativos) para la conformidad y revisión de forma continuada de todos los informes clínicos definitivos realizados en el Servicio y su agilización en el posterior envio a los pacientes.

    - Gestión de pedidos y suministros necesarios para el buen funcionamiento del Servicio a distintos Departamentos, Comparas, Almacén, Ingeniería y tramitación de las averías que puedan generarse en cualquier aparato 0 instalación del servicio.

    - Revisión y control de la estadística realizada en el Servicio.

    - Coordinación con el Servicio de Admisión y el Departamento de Atención al Paciente, de todas las incidencias que se generan en el servicio para el adecuado funcionamiento y registro informático de las consultas e informes clínicos.

    - Redacción de correspondencia con iniciativa propia y atención personalizada a pacientes.

  2. Dª Catalina y

  3. Dª Erica

    - Control y seguimiento de toda la actividad administrativa del Servicio, desarrollando las siguientes tareas:

    1. Gestión de informes: mecanografiado, archivo y búsqueda de información previa del paciente.

    2. Tramitación de volantes de ambulancias, así como de justificantes de los pacientes y familiares.

    3. Tramitación de historias clínicas (localización, petición y custodia)

    4. Registro de pruebas y procedimientos para realización de informes clínicos y registro en base de datos del Hospital, tanto de pacientes de Urgencias, Policlínica e ingresados.

    - Gestión de pedidos y suministros necesarios para el buen funcionamiento del Servicio al Departamento de Compras y al Departamento de Informática encargándose del control del mantenimiento de impresoras, dictáfonos, etc.

    - Tramitación mensual de estadísticas de las diferentes pruebas realizadas en el servicio.

    - Redacción de correspondencia con iniciativa propia y atención personalizada a pacientes.

TERCERO

Las funciones antes descritas se desarrollan por los actores con iniciativa y responsabilidad propia, bajo la dependencia directa de Jefes de Servicio o de Unidad, que imparte instrucciones genéricas. Dentro del servicio en el que prestan servicios los actores lo hacen también otros trabajadores con la categoría de Oficial y que realizan esas mismas funciones, no coordinando éstos el trabajo de los auxiliares. Además el desarrollo de su trabajo exige un elevado conocimiento a nivel de usuario en la utilización y manejo de...

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