Reflexiones prácticas sobres la nueva regulación del poder preventivo en el CC.

AutorMª Eugenia Serrano Chamorro
Cargo del AutorCatedrática de Escuela Universitaria derecho civil en la Universidad de Valladolid
Páginas203-211
P á g i n a 203 | 211
REFLEXIONES PRÁCTICAS SOBRES LA NUEVA REGULACIÓN DEL PODER
PREVENTIVO EN EL CC.
Mª Eugenia Serrano Chamorro
Catedrática de Escuela Universitaria derecho civil en la Universidad de Valladolid.
Sumario:1. CONSIDERACIONES PREVIAS. 2. EL PODER PREVENTIVO. 1.1. Razón de ser.
1.1.1.Cuándo, cómo y por qué el poder preventivo. 1.2. Concepto. 1.3. Modalidades. 1.4. Exigencias.
1.5.Extinción. 3.REFLEXIONES PRÁCTICAS. 4.Bibliografía.
Palabras clave: mandato, medidas de apoyo, poder preventivo, representación, voluntad.
Keywords: mandate, support measures, preventive power, representation, will .
1. CONSIDERACIONES PREVIAS
Una preocupación subyace en esta nueva regulación y es que seguramente todos los estudiosos
del derecho vamos a vernos involucrados de una manera directa en el contenido de esta ley. Si el
envejecimiento preocupa en nuestra sociedad, si el dar respuesta al cumplimiento de los desos,
voluntades y preferencias de los ciudadanos españoles, es prioritario, debemos ser consciente de la
necesidad de una correcta regulación jurídica que protega realmente a las personas y las permita ver
cumplidos sus deseos futuros.
Todos sabemos que hay enfermedades como el Alzheimer que hacen a las personas perder su
capacidad, y aunque sepamos que todas las personas somos capaces y tenemos la misma igualdad,
también sabemos que esta se puede perder, no hay que cerrar los ojos y proclamar a voz en grito que
todos somos iguales, lo somos sí, pero somos conscientes de que esta capacidad y esta prevención o
preocupación pueden determinar que muchas personas quieran acudir a figuras preventivas que
cumplan nuestros deseos futuros.
El derecho existe porque las personas deseamos que existan unas normas que nos protegan.
Queremos que se reconozcan los derechos fundamentales, pero también queremos una libertad amplia
de poder autoregular nuestros bienes, un patrimonio conseguido durante muchos años que al final de
nuestras vidas tomará el camino voluntario. Si el testador dispone de sus bienes y hace uso de su
voluntad para repartir su herencia, también podrá en vida ordenar y prever que puedan aparecer
circunstancias limitaitivas de actuación, sobre todo si tienes antecedentes familiares que hacen peligrar
esa pérdida de conocimiento.
El Alzheimer es un tipo de demencia, es una enfermedad neurodegenerativa que afecta
disminuyendo la capacidad intelectual de la persona que la padece, muestra una alteración de la
memoria además de cambios psicológicos, sociales y de comportamiento. Afecta a las personas de
forma distinta, en diversos grados, se desconoce mucho sobre esta enfermedad, pero todos sabemos
que sus consecuencias son realmente perjudiciales, es una enfermedad progresiva que puede afectar al
lenguaje, andar, comer, etc. Sus alteraciones afectan a la memoria, toma de decisiones, desorientación,
es decir dependiendo de su grado impedirá llevar una vida normal de forma independiente.
Quiero resaltar que nuestra sociedad está envejecida, que hay muchas personas mayores en las
residencias, pero todas estas personas a lo largo de su vida han luchado por una familia y muchas han
conseguido unos ahorros, normalmente materializados en una casa donde vivían, tras el paso de los
años hay personas que desean y pueden seguir viviendo en sus casas, normalmente con ayuda de sus

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