SAP Sevilla 275/2005, 5 de Septiembre de 2005
ECLI | ES:APSE:2005:2336 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 275/2005 |
Fecha de Resolución | 5 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 8ª |
or05-2629
AUDIENCIA PROVINCIAL.
Sección 8ª SEVILLA
Prado de San Sebastián, s.n.
Proc. Origen: Juicio Ordinario número 178/04
Juzgado: de Primera Instancia número 9 de Sevilla
Rollo de Apelación: 2629/05-A
SENTENCIA Nº 275/05
Ilustrísimo Señor Presidente:
D. VÍCTOR JESÚS NIETO MATAS
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO
D. JOAQUÍN PABLO MAROTO MÁRQUEZ
En SEVILLA, a cinco de septiembre de dos mil cinco.
La Sección 8ª de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital constituida por los Ilustrísimos Señores que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter civil tramitados como Juicio Ordinario con el número 178/04 por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Sevilla en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de Braulio, Enrique, Fernando, Encarna, Íñigo, Lázaro Y Nieves contra la sentencia dictada por el Juzgado referido el 13/6/05.
Por el Juzgado de Primera Instancia n° 9 de Sevilla se dictó sentencia de fecha 13/6/05, que contiene el siguiente FALLO:
"Que desestimo la demanda interpuesta por la Procurador Dª MARÍA ANGELES RODRÍGUEZ PIAZZA, en nombre y representación de Braulio, Enrique, Fernando, Encarna, Íñigo, Lázaro Y Nieves, contra DIRECCION000 y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos que se le formulan, con expresa condena en costas procesales a la parte actora."
Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpuso recurso de apelación contra ella, el cual se preparo e interpuso por escrito en tiempo y forma ante el Juzgado "a quo", dándose traslado del mismo a la otra parte que presento escrito de oposición, ordenándose la remisión a este Tribunal de los autos, que una vez recibidos se registraron y designo ponente, señalándose deliberación, votación y fallo.
En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JOSÉ MARÍA FRAGOSO BRAVO.-
Se aceptan los de la recurrida, dándose aquí por reproducidos, y
El recurso interpuesto debe ser desestimado por las mismas razones expresadas en el fundamento de derecho de la sentencia recurrida.
Así, con relación al primer motivo de recurso, solicitando la nulidad de la junta y, por ende, del acuerdo adoptado en ella del vallado del inmueble, basada en la falta de citación a uno copropietarios demandantes, Don Íñigo, hay que estar a lo declarado como probado en la sentencia recurrida, donde ha resultado que a este copropietario se le notifico la convocatoria de la Junta en el lugar...
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