STSJ Comunidad Valenciana 2401/2006, 7 de Julio de 2006
Ponente | ANTONIO VICENTE COTS DIAZ |
ECLI | ES:TSJCV:2006:4790 |
Número de Recurso | 288/2006 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 2401/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
Rec. contra Sent. nº 288/2006
Recurso contra Sentencia núm. 288/2006
Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz
Presidente
Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora
Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz
En Valencia, a siete de julio de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,
SENTENCIA Nº 2401/2006
En el Recurso de Suplicación núm. 288/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha 28/11/05 aclarada por auto de fecha 13/12/05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Castellón, en los autos núm. 345/05 , seguidos sobre INVALIDEZ, a instancia de D. Augusto asistido de D. Vicente Arrandis Ventura, contra INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz.
La sentencia recurrida de fecha 28/11/05 aclarada por auto de fecha 13/12/05 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Estimando la demanda promovida por Augusto contra el INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL, declaro que el actor se encuentra afecto de invalidez permanente en grado de total para su profesión habitual, con origen en enfermedad común; y en consecuencia, condeno a la Entidad Gestora a estar y pasar por la citada declaración y a abonar a la parte actora una pensión vitalicia y mensual en la cuantía del 55% de la base reguladora de 524,02 euros, más los incrementos legales correspondientes, con efectos desde el día 4 de diciembre de 2004.".
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1.- El demandante, nacido el día 9-4-1955, con documento nacional de identidad nº. NUM000 , se encuentra afiliado a la Seguridad Social con el número NUM001 y en situación de alta o asimilada en el Régimen General. 2.- La profesión habitual del actor es la de peón al servicio del Ayuntamiento de Moncofar. El último trabajo realizado para el Ente municipal ha sido la limpieza de playas. 3.- El actor inició situación de incapacidad temporal por enfermedad común en fecha 4-06- 2003 y agotó el subsidio el día 3 de diciembre de 2004, fecha en la que se emitió por la inspección de servicios Sanitarios informe-propuesta clínico-laboral. 4.- Tramitado por la Dirección Provincial del INSS de Castellón expediente para la calificación de la incapacidad permanente, se emitió informe de valoración médica en fecha 18-02-2005 y dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el día 22 de febrero de 2005 en el sentido de "no calificación del trabajador referido como incapacitado permanente". 5.- La Entidad Gestora, por resolución de 25 de febrero de 2005, acordó denegar la prestación de incapacidad...
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