Principios

AutorRiccardo Guastini
Páginas75-82
CAPÍTULO VII
PRINCIPIOS
1. REGLAS VS. PRINCIPIOS
En la doctrina —y más aún en la teoría general del derecho— se sue-
le decir que todo sistema jurídico incluye dos tipos de normas: «reglas» y
«principios» 1. Pero, ¿cómo distinguir las reglas de los principios? La distin-
ción depende sencillamente de los conceptos empleados: del concepto de regla
y del concepto de principio.
Ahora bien, es posible convenir que una regla es un enunciado condicional
que conecta una consecuencia jurídica a una clase de hechos: «Si H, entonces
J». La consecuencia jurídica en cuestión puede ser una sanción, el nacimiento
de una obligación o de un derecho, la validez o invalidez de un acto, etcétera.
El concepto de principio es más complicado y, sobre todo, controvertido 2.
Se puede proponer la conjetura según la cual los juristas consideran como
principio toda norma que presente conjuntamente dos características:
1 Nótese que, en el derecho italiano, la distinción tiene relevancia, no solo teórica sino también
dogmática, a causa de las numerosas disposiciones de derecho positivo vigente que, precisamente,
hacen referencia a los principios como algo diferente del resto de normas. Véase, por ejemplo, el
art. 117.3, Const. it.; art. 1.3 de la Ley 131/2003; el art. 12.2, Disp. prel. cod. civ.; etcétera.
2 La literatura sobre el argumento es vastísima. Me limito a señalar unas pocas contribuciones de
especial interés: R. DWORKIN, Taking Rights Seriously, 2.ª ed., London, 1978 (trad. esp. Los derechos
en serio, Barcelona, Ariel, 1977); G. R. CARRIÓ, «Principios jurídicos y positivismo jurídico», en G. R.
CARRIÓ, Notas sobre Derecho y lenguaje, 4.ª ed., Buenos Aires, 1990, pp. 197 y ss.; R. ALEXY, Teoría de
los derechos fundamentales (1986), Madrid, 1993; L. PRIETO SANCHÍS, Sobre principios y normas. Pro-
blemas del razonamiento jurídico, Madrid, 1992; M. ATIENZA y J. RUIZ MANERO, Las piezas del derecho.
Teoría de los enunciados jurídicos, Barcelona, 1996; G. PINO, Diritti e interpretazione. Il ragionamento
giuridico nello stato costituzionale, Bologna, 2010, cap. III.

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