Planteamiento de la cuestión. El uso de la acepción amplia del término «fondo»

AutorGuillermo Ormazabal Sánchez
Cargo del AutorCatedrático de Derecho procesal. Universidad de Girona
Páginas9-12
CAPÍTULO I
PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN.
EL USO DE LA ACEPCIÓN AMPLIA
DEL TÉRMINO «FONDO»
Como es bien sabido, la facultad de las partes en un arbitraje
para instar la revisión judicial del laudo tiene asignada en el orde-
namiento español y en el resto de los sistemas legales del mundo
(al menos no me son conocidas excepciones notables) una extensión
considerablemente limitada. Como es lógico, se permite impugnar
el laudo sin excepciones en aquello que concierne a la validez de la
sumisión a arbitraje, es decir, en lo relativo a la eficacia y validez
de una verdadera convención arbitral capaz de conferir a los árbitros
la facultad de dirimir la controversia. También en lo relativo a la
validez y a la corrección del procedimiento, singularmente en lo que
atañe a la observancia de los principios de audiencia y contradicción
y a las normas de procedimiento acordadas por las partes. La im-
parcialidad de los árbitros es otro aspecto esencial que también pue-
de ser cuestionado ante los tribunales estatales, así como el hecho
de que los árbitros se hayan extralimitado en el ejercicio de sus
funciones pronunciándose sobre cuestiones no contempladas en el
convenio arbitral o no planteadas por las partes al deducir sus pre-
tensiones.

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