STSJ Murcia 432, 3 de Abril de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:432
Número de Recurso326/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución432
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00391/2006 ROLLO Nº: RSU 326/2006 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a tres de abril del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA María Antonieta , contra la sentencia número 490/05 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha 29 de noviembre del 2005, dictada en proceso número 628/05 , sobre INCAPACIDAD, y entablado por DOÑA María Antonieta frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "Primero: La demandante Dª María Antonieta , nacido el 26-12-1947, fue alta en Seguridad Social, en el Régimen General, con numero de afiliación NUM000 , por tareas de ayudante de tapicería.

Segundo

La actora en fecha 5-11-2003, inició proceso de incapacidad temporal. Tercero:

En fecha 13-03-2005, se emitió informe médico de síntesis, y el Equipo de Valoración de fecha 23-05-2005 elevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente. Cuarto: La

Dirección Provincial del I.N.S.S. mediante resolución fecha 24-05-2005 acordó denegar la prestación solicitada por no alcanzar las dolencias que padece la actora, el grado suficiente de menoscabo para ser constitutivas de incapacidad permanente. Quinto: La actora deduce demanda en la que solicita se le declare en situación de invalidez permanente absoluta y subsidiariamente total para la profesión habitual. Sexto: La demandante presenta las siguientes dolencias: algias generalizadas (puntos positivos de fibromialgia); pequeña protusión discal C3-C4 y pequeña hernia discal central C5-C6; síndrome ansioso depresivo crónico. Séptimo: La base reguladora asciende a 885,91 euros. Octavo: Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución."; y el fallo fue del tenor literal siguiente:

"Desestimo la demanda interpuesta por interpuesta por Dª María Antonieta , frente Instituto Nacional de la Seguridad Social, a quien absuelvo de la pretensión en su contra deducida.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA MARIA TERESA GARCIA CASTILLO, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora doña María Antonieta , de 58 años de edad y de profesión habitual ayudante de tapicería, presentó demanda, sobre incapacidad, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en reclamación de que se le declarase en situación de incapacidad permanente absoluta, o, subsidiariamente, total; demanda que fue desestimada por el Juzgado a quo al considerar que las dolencias que padece la actora, por su escasa repercusión...

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