STSJ Andalucía 1380/2006, 10 de Mayo de 2006

PonenteANTONIO ANGULO MARTIN
ECLIES:TSJAND:2006:6568
Número de Recurso1423/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1380/2006
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

1380/2006

J.G.

Sent. núm. 1.380/2.006

Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín

Presidente

Iltmo. Sr. D. Julio Enríquez Broncano

Iltmo. Sr. D. Luis Felipe Vinuesa

Magistrados

En la Ciudad de Granada, a diez de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1.423/2.006, interpuesto por FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS DE CC.OO. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Almería de fecha 22 de Diciembre de 2.005 en Autos núm. 1.016/2005, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por FEDERACIÓN ESTATAL DE ACTIVIDADES DIVERSAS DE CC.OO. sobre Conflicto Colectivo contra ANDALUZA DE TRATAMIENTOS E HIGIENE, S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 22 de Diciembre de 2.005, por la que desestimaba la demanda interpuesta.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La empresa demandada se dedica a la actividad de Limpieza, y lleva a cabo su actividad en diferentes Centros de Trabajo.

  2. - Con fecha 26-III-03 tuvo lugar Acuerdo Extraestatutario entre la empresa Andaluza Tratamientos Higiene, S. A. (Atiza) y los trabajadores del Servicio de limpieza del Hospital de Poniente, publicado en el BOP de 13-V-03.

    En el mismo, las partes acuerdan establecer las condiciones salariales y de jornada entre la empresa Atiza y los trabajadores del servicio de limpieza del Hospital de Poniente. Se establece asimismo que el acuerdo es de obligado cumplimiento para las empresas que asuman la contrata de limpieza del Hospital de Poniente.

    Asimismo se hace constar que dicho Acuerdo sustituye a otros precedentes celebrados en 1.999,2.000 y 2.001.

  3. - El día 1-IV-02 la empresa Andaluza Tratamientos Higiene, S. A. y la empresa pública Hospital de Poniente de Almería formalizaron contrato que tenía por objeto el servicio de limpieza del Hospital de Poniente de Almería.

    Posteriormente las mismas partes, con fecha 15-VI-05 formalizaron contrato que tenía por objeto el servicio de limpieza del Hospital de Alta Resolución El Toyo.

    La ubicación de ambos hospitales es diferente, pues el Hospital de Poniente tiene su ubicación en El Ejido, mientras que el Hospital de Alta Resolución El Toyo tiene su ubicación en El Toyo.

  4. - Según consta en el contrato de 15-VI-05 la adjudicación del servicio de limpieza del Hospital de Alta Resolución El Toyo tuvo lugar tras procedimiento negociado de dicho servicio, aprobado por Resolución de la Dirección-Gerencia de fecha 7-VI-05.

  5. - Por Orden de 7-1I-05 se establece el Centro Hospitalario de Alta Resolución de El Toyo, y se adscribe su gestión a la empresa pública Hospital de Poniente.

    Se establece en la misma que el régimen económico-financiero, patrimonial, jurídico y laboral aplicable al Centro Hospitalario de Alta Resolución de El Toyo será el previsto para la empresa pública Hospital de Poniente.

  6. - Se celebró acto de conciliación ante el SERCLA con fecha 28-X-05, que concluyó sin avenencia entre las partes.

Tercero

Notificada la Sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación...

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