STSJ Comunidad Valenciana 1190/2006, 6 de Abril de 2006

PonenteANTONIO VICENTE COTS DIAZ
ECLIES:TSJCV:2006:2453
Número de Recurso4310/2005/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1190/2006
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

Recurso de suplicación nº 4310/05

Recurso contra Sentencia núm. 4310/05

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a seis de abril de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1190/06

En el Recurso de Suplicación núm. 4310/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO de Alicante, en los autos núm. 319/05, seguidos sobre invalidez, a instancia de Dª Margarita, asistido del Letrado D. Pedro Riera Prats, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, asistido de la Letrada Dª Marta Laso González y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 29 de septiembre de 2005, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por Margarita frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la demandante se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo derivada de enfermedad común y en su consecuencia condeno al INSS a que reconozca y abone a la misma una pensión vitalicia y mensual en cuantía del 100 por 100 de su base reguladora de 1.632,78 euros mensuales, con los incrementos y mejoras legalmente correspondientes, ya efectos del 26 de Enero de 2005.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La demandante, Margarita, con D.N.I. nº NUM000, afiliada a la Seguridad Social, Régimen General, con número de afiliación NUM001, solicito del Instituto Nacional de la Seguridad Social pensión de incapacidad permanente que le fue denegada por resolución de fecha 26-1-05, alegando al efecto no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente alguna según lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por Resolución del INSS de fecha 29-3-05. SEGUNDO.- La actora padece, hernia discal C6-C7 intervenida con discectomía y artrodesis en el 1998; accidente de tráfico en 1999; secuelas de cervicobraquialgia, disfunción ATM, neuralgia de Arnold bilateral; capsulitis retráctil hombro izquierdo; tendinopatía hombro derecho; cefalea crónica...

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