Introducción. Discusiones en torno al derecho y la protesta social

AutorPedro Martín Páez Bimos
Páginas23-50
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PROTESTA SOCIAL, DERECHO PUNITIVO Y DERECHOS FUNDAMENTALES
LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD DE LA LIBERTAD CIUDADANA
“La libertad no hace ni más ni menos felice s a los hombres;
los hace, sencillamente, hombres.” Manuel Azaña.
1. El contenido y desarrollo de la investigación
La protesta social en todas partes del mundo es tema de discu sión, no hay
sociedad que no la conozca. Desde España hasta Hong Kong el estudio de este fe-
nómeno no escapa de la contextualización política, económica y social que per-
mite revisar su desarrollo, sus lí mites y justif‌icaciones. Según estos elementos la
protesta social tiene una óptica que puede variar dependiendo de cada sociedad,
país, región o continente. También existen ciertos elementos globalizadores de
la protesta social que guardan relación con todos los países que actualmente se
encuentran interconectados por un sistema tecnológico y económico que cada
vez es más hegemonizador en materia de políticas internacionales como parte
del orden mundial. Estas herramientas tecnológicas han sido utilizadas tam-
bién por los movimientos sociales como parte de la nueva sociedad en red que
propone el siglo XXI para manifestar su malestar ante el modelo económico y
f‌inanciero existente, conectándose y constituyendo plataformas interconectadas
para expresarse cada vez más en el internet, pero que no se olvidan tampoco de
la manifestaciones en los espacios físicos1.
1 Es así como para CASTELLS la sociedad en red no excluye a los movimientos sociales para
que participen de manera activa en las plataformas informáticas y la interconexión de sus
miembros y otras organizaciones, manifestando que: “El espacio de movimientos se haces
siempre mediante interacciones entre el espacio de los f‌lujos de Internet y las redes de co-
municación inalámbricas, y el espacio de los lugares ocupados y de los edif‌icios simbólicos
objetivo de las acciones de protesta. Este hibrido de ciberespacio y espacio urbano consti-
tuye un tercer espacio que yo llamo el espacio de la autonomía”, véase en CASTELLS, M.:
CAPÍTULO I
Introducción Discusiones en torno
al derecho y la protesta social
CAPÍTULO I
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PEDRO MARTÍN PÁEZ BIMOS
Por lo que la interrogante principal que es motivo de ref‌lexión en el si-
guiente trabajo es la siguiente: ¿Las respuestas coercitivas que dan las institu-
ciones democráticas criminalizan o no a la protesta social? Cuestión que nos
lleva a rev isar elementos de carácter jurídico, histórico, sociológico y político
por la complejidad de lo que conlleva la protesta social, y que poco a poco se
responde a partir de la revisión de los cuerpos normativos, información reco-
gida por la doctrina, organizaciones de la sociedad civil, medios de comunica-
ción, la jurisprudencia y los principales organismos del derecho internacional
público.
En el presente trabajo, que consta de seis capítulos, se responde la presen-
te hipótesis. Si empezamos por el primer capítulo introductorio encontraremos
la metodología de la investigación, y se realizará un análisis contextual de los
principales tópicos que giran en torno a la protesta social en la actualidad. En el
capítulo segundo, se inicia con el análisis de los derechos fundamentales de re-
unión y la libertad de expresión en el derecho comparado y desde la perspectiva
constitucional, siendo estos los pilares fundamentales que permiten la ejecución
de las protestas sociales, y, por consiguiente, de obligatoria revisión. En el tercer
capítulo, se revisa la construcción y los alcances de los bienes jurídicos orden
público y orden constitucional como puntos imprescindibles para conocer si la
protesta social vulnera o no estos bienes jurídicos, y, de hacerlo, en que forma y
con qué legitimidad lo hacen, pues existen elementos democráticos que deben
ser observados. En el capítulo cuarto, se analiza al derecho administrativo san-
cionador de la protesta social que ha generado mucha discusión por parte de
los diferentes organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil,
la doctrina y los medios de comunicación por limitar el ejercicio de la protesta
social. En el capítulo quinto, consta el estudio sobre el derecho penal con f‌inali-
dad preventiva y la criminalización de la protesta social que revela importantes
hechos que guardan relación con la estructuración de una política criminal ex-
pansiva e intensa del derecho penal, que busca controlar conductas que tienen
relación directa con el ejercicio de los derechos fundamentales. Y, en el capítulo
sexto, se analiza el delito de desórdenes públicos que, según su reforma con la
Ley Orgánica 1/2015, forma parte de la expansión del derecho penal que busca
señalar nuevas conductas como penalmente relevantes con características que
se vuelven susceptibles de interpretación, y que forman parte de las expresio-
Redes de indignación y esperanza. Los movimientos sociales en la era de internet, Alianza
Editorial, Madrid, 2012, pp. 210-213.

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