Introducción

AutorCuenca Gómez, Patricia
Páginas13-18
INTRODUCCIÓN1
El derecho a la libertad y la seguridad2 es un derecho humano de importan-
cia central que protege a las personas de privaciones ilegales y arbitrarias de
su libertad3. Este derecho ha sido extensamente reconocido en diversos instru-
mentos internacionales generales4 en disposiciones que, por su presunta natu-
raleza universal, protegen también, al menos teóricamente, a las personas con
discapacidad5.
1 Este trabajo se ha desarrollado en el contexto del proyecto Acceso a la justicia y vulnerabi-
lidad. PID2019-108918GB-I00 Proyecto de I+D+I financiado por el Ministerio de Ciencia e Inno-
vación, en el marco de los Programas Estatales de Generación de conocimiento y Fortalecimiento
Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+I y de I+D+I Orientada a los retos de la sociedad.
2 Según el Comité de Derechos Humanos la libertad personal se refiere a la ausencia de
confinamiento físico, mientras que la seguridad personal se refiere a la protección contra lesio-
nes físicas o psicológicas y de la integridad física y moral, Comentario General Nº35, CCPR
/C/GC/35, 2014, para. 3.
3 BIEL, I. y SMITH, R.K.M., Textbook on International Human Rights, Oxford Univer-
sity Press, Nueva York, 2007.
5 Vid. sobre la aplicabilidad de los tratados de derechos humanos generales de Naciones
Unidas a las personas con discapacidad QUINN, G. y DEGENER, T., Derechos Humanos y
Discapacidad. Uso actual y posibilidades futuras de los instrumentos de derechos humanos
de las Naciones Unidas en el contexto de la discapacidad, Documento Naciones Unidas HR/
PUB/02/1, Nueva York y Ginebra, 2002, disponible en: http://www.ohchr.org/EN/HRBodies/
Documents/Disability/disability_sp.doc (última consulta 2 de julio de 2020). En relación con el
derecho a la libertad y a la seguridad personales el Comité de Derechos Humanos en su Obser-
vación General Nº8, HRI/GEN/1/Rev.7, 1982 aclaró que el párrafo 1 del artículo 9, que prohíbe
la detención o prisión arbitrarias y exige que la privación de la libertad se realice por “causas
fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta”, es aplicable a todas las for-
mas de privación libertad “ya sea como consecuencia de un delito o de otras razones” como, por
ejemplo, “las enfermedades mentales”.

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