La institucionalización de la enseñanza de la economía en la Universidad de Granada: planes de estudio, régimen de profesorado y libros de texto (1807-1936)

AutorFernando López Castellano
Cargo del AutorUniversidad de Granada
Páginas1954-1973
1954
CAPÍTULO 90
LA INSTITUCIONALIZACIÓN DE LA ENSEÑANZA DE
LA ECONOMÍA EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA:
PLANES DE ESTUDIO, RÉGIMEN DE PROFESORADO Y
LIBROS DE TEXTO (1807-1936)
FERNANDO LÓPEZ CASTELLANO
Universidad de Granada
INTRODUCCIÓN
En este trabajo se narra el proceso de institucionalización de la ense-
ñanza de la Economía en la Universidad de Granada, en el periodo
que media entre su implantación en el año 1807 y la modernización de
los estudios de Economía que se produce en el primer tercio del siglo
XX en las facultades de Derecho. A lo largo de ese dilatado periodo, se
promulgan multitud de normas que afectan a los planes de estudio, a
la denominación de la disciplina y a su ubicación en los distintos gra-
dos y licenciaturas. Por lo que se refiere al profesorado, la normativa
también es profusa en materia de libertad de cátedra y elección de tex-
tos, así como en el acceso a la cátedra.
La Universidad de Granada introduce la disciplina, con la denomina-
ción de “Economía Política”, en el noveno año de la Facultad de Le-
yes, cumpliendo con la Real Cédula de 12 de julio de 1807 (Plan Ca-
ballero, BGIP, 1895, Tomo III: 1-27; Calero, Arias y Viñes, 1997: 89-
116). Tras la Circular de 27 de octubre de 1818 que impone el plan de
Salamanca de 1771 en todas las universidades, durante el trienio libe-
ral se abre un breve paréntesis que propicia la incorporación de la asig-
natura en las facultades de Jurisprudencia. Con la llegada de Fernando
VII vuelven los malos tiempos para la asignatura y para la propia Uni-
versidad. El Decreto de 14 de septiembre de 1823 restablece de nuevo
el plan de estudios salmantino y la Real Cédula de 21 de julio de 1824
arremete contra las medidas del Gobierno constitucional (Beltrán,
1985; Blanco, 1976).
1955
El Decreto de 14 de octubre de 1824 (Plan Calomarde) uniformiza
todas las universidades en materia de estudios, libros, método, calenda-
rio y exámenes de grado; las somete a la Secretaría de Gracia y Justicia,
con el rector como representante del poder central. A la vez, instaura
un tribunal de censura para velar por la disciplina moral y religiosa, lo
que obliga a los alumnos de primera matrícula y a los opositores a cá-
tedra a presentar la fe de bautismo y un certificado de buena conducta
política y religiosa. El 12 de octubre de 1830 el Gobierno decide cerrar
las universidades (Peset y Peset, 1974) y habrá que esperar al Arreglo
Provisional de Manuel José Quintana de 29 de septiembre de 1835
para contemplar de nuevo el estudio de la Economía Política, en el 6.º
curso de la licenciatura en la Facultad de Leyes, hecho que confirma la
Real Orden de 29 de octubre de 1836 (AUG, leg. 1431, pieza C 20).
La Orden deja a los profesores absoluta libertad para elaborar el pro-
grama de las asignaturas, e incluso llega a prohibir obligar a los alum-
nos a seguir un texto concreto. El Decreto de 1 de octubre de 1842
refunde las antiguas facultades de Leyes y Cánones en la de Jurispru-
dencia, incluyendo la Economía Política en el quinto año de la nueva
licenciatura.
Durante el quinquenio 1845/1850, la disciplina alcanza un carácter
más estable en los planes de estudio, aunque sufre un continuo cambio
de ubicación a lo largo de los distintos cursos que conforman los dife-
rentes grados. El Plan Vidal, de 17 de septiembre de 1845, distingue,
en Jurisprudencia, los grados académicos de bachiller, licenciado y
doctor (BIP, vol. VIII, 1845; BUG, C/86/3: 563-594), y mantiene la
asignatura con carácter obligatorio en primer año. El Plan presentaba
novedades relativas al régimen del profesorado, respetaba la libertad de
cátedra, pero establecía que los catedráticos de cada asignatura debían
elegir el libro de texto de entre una lista de seis fijada cada tres años
por el Gobierno, a propuesta del Consejo de Instrucción Pública (Pue-
lles, 1986: 122; BIP, t. VII, 1845: 545-594). En la reforma parcial de
Pastor Díez, de 26 de junio de 1847 (BMCIOP, 1848; BGU C/11/58
y 59: 71-78), la “Economía Política” se traslada al sexto curso de la
licenciatura en la Facultad de Jurisprudencia, y se mantiene con el
nombre de “Economía Política y Administración” en la de Filosofía. El

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