La influencia de Santi Romano en el estudio de las relaciones entre el derecho del estado y los derechos de las confesiones religiosas. A los cien años de la publicación del ordenamiento jurídico

AutorProf. Dr. Gaetano Lo Castro
Páginas41-58
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Sumario: 1. El horizonte político-cultural en la formación de
Santi Romano; 2. El pensamiento jurídico de S.R.: el
derecho, más allá del hecho normativo, como el nece-
sario trascendental de la institución (cuerpo social or-
ganizado); 3. El propósito innovador de la concepción
de S.R.; 4. Vínculo necesario entre el Estado y la ley.
1 SANTI ROMANO, L’ordinamento giuridico. Studi sul concetto, le fonti
e i caratteri del diritto, lib. Spoerri, Pisa 2018; L’ordinamento giuridico, II ed.,
Sansoni, s.d. (1945), da cui d’ora innanzi citeremo; il lavoro era stato pub-
blicato nelle due parti che lo compongono negli Annali delle Università
toscane del 1917. Per una estesa bibliografia sull’opera del Romano cfr. A.
SANDULLI, Romano Santi, in Dizionario biografico dei giuristi italiani (XII-XX
secolo), vol. II, Il Mulino, 2013, p. 1731, alla quale adde: Biscaretti di Ruffia,
Santi Romano e la sua opera scientifica, in Il dir. eccl., 1948, p. 123 ss.; Id., L’opera
scientifica di Santi Romano nel centenario della nascita (31 gennaio 1875), in
Amministrare, 1975, p. 13 ss.; V. DEL GIUDICE, Contributi di Santi Romano
nello studio dei problemi di Diritto canonico e di Diritto ecclesiastico, in Il dir. eccl.,
1947, p. 277 ss.; F. FINOCCHIARO, Santi Romano e il Diritto ecclesiastico, in Il
dir. eccl., 1975, p. 173 ss.
* Agradezco a la Profª. María J. Roca la traducción del italiano al
español.
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Prof. Dr. Gaetano Lo Castro
La doctrina de la pluralidad de los sistemas jurídicos;
5. La ley eclesiástica, la evolución de las relaciones
entre el Estado, la Iglesia y los ordenamientos confe-
sionales en el siglo XX; 6. Elementos de crítica en el
pensamiento de S.R.: su concepción formal del Dere-
cho - institución; la independencia de la norma de sus
contenidos; su insensibilidad respecto al problema de
la relación entre ética y poder; 7. El derecho institucio-
nal en la ciencia jurídica canónica y sus límites. El es-
fuerzo de parte de la doctrina canónica para apoyar
la solución de temas específicamente eclesiológicos
sobre la concepción romaniana del derecho.
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Cuando entre 1916 y 1918 Santi Romano publicó sus
reflexiones sobre “El ordenamiento jurídico”, la relación
entre la sociedad civil y la sociedad religiosa, y sus respec-
tivas organizaciones institucionales, habían alcanzado,
al menos en Italia, el máximo de la contraposición y de la
conflictividad, en antítesis a la concepción armónica (ética
y jurídica) de la realidad humana que había caracterizado
los siglos medievales, pero que al menos desde el Renaci-
miento en adelante, estaba decreciendo en la vida y en la
cultura occidental.
En particular, el Reino de Italia, surgido en el año 1861
como Estado unitario, y seguido de la progresiva anexión
del Reino de Cerdeña y de tantos otros Estados hasta en-
tonces presentes en la península (entre los cuales hay que
recordar el Estado Pontificio por su antigüedad y por su im-
portancia en el panorama político europeo, y el Reino de
las Dos Sicilias, por su consistencia y su desarrollo); el ahora
Reino de Italia –decía– inspirándose en los valores llamados
del “Resurgimiento” había adoptado una política antiecle-
siástica, que se traducía en una legislación y una jurispru-
dencia que mortificaban fuertemente la vida de la Iglesia,
su cultura y su tradición.

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