Homicidio preterintencional
Autor | Gianni Egidio Piva Torres, José Sebastián Cornejo Aguiar |
Páginas | 197-214 |
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| CAPÍTULO V |
Homicidio preterintencional
SUMARIO: 1. Homicidio preterintencional; 2. Diferencia entre preterintencional y
culposo; 3. Resultado mayor no se previó, pero era previsible; 4. Elementos de la
preterintencion; 4.1. Acción dolosa hacia un resultado típico menor; 4.2. Producción
de un resultado típico mayor; 4.3. Identidad y homogeneidad del bien jurídico; 4.4.
Previsibilidad del resultado excesivo; 4.5. Imputación jurídica del resultado mayor; 5.
Fundamento de la punibilidad del homicidio preterintencional; 6. Sujetos; 6.1. Sujeto
Activo; 6.2. Sujeto pasivo; 7. Acción; 8. Dolo; 9. Pena aplicable; 10. Jurisprudencia.
1. Homicidio preterintencional
Para definir el homicidio preterintencional, es menester definir prima
fase el vocablo preterintencional, que en palabras del DRAE: «Dicho de una
acción: En derecho penal, que produce efectos de mayor gravedad que los que se
pretendían causar». Se define la preterintencion en nuestro Código Sustantivo
Penal Art. 24. Cuya letra señala:
• La conducta es preterintencional cuando su resultado, siendo previsible, exce-
de la intención del agente.
La expresión preterintencional, proviene del prefijo pre ter proviene del
latín prae ter y designa a algo que va más allá, en este caso de la intención, o
sea de lo que tuvo en vistas el sujeto al realizar la acción u omisión. Esta califi-
cación es usada en especial en el ámbito del Derecho Penal para desig nar a los
delitos que teniendo en vistas la consecución de un fin contrario al Derecho,
ocasionan otro daño no tenido en cuenta por el autor, pero relacionado causal-
mente con el hecho cometido, por lo cual resulta que se debió haber previsto
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DERECHO PENAL ESPECIAL DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD PERSON AL
GIANNI EGIDIO PIVA TORRES | JOSÉ SEBASTIÁN CORNEJO AGUIAR
tal posibilidad de ocurrencia, aunque para que se configure la preterintencio-
nalidad, el autor no debió haber tenido en cuenta ese desenlace.
Definido el término preterintencional, debemos entrarnos en la defini-
ción del homicidio preterintencional, el cual en palabras de GÓMEZ LÓPEZ159
es: «En el caso del delito preterintencional el resultado propuesto es un resultado pu-
nible determinado, pero el autor alcanza un resultado típico que va másallá delque-
rido y que era previsible y evitable». El CP ubica una modalidad del homicidio
la muerte que es secuela previsible pero no querida de las lesiones o daño al
cuerpo o a la salud, de carácter doloso. Conforme a ARBOLEDA VALLEJO-
RUIZ SALAZAR160: «este presupone necesariamente el ánimo de causarle daño a
la persona de aquel a quien se le ha dado muerte». Para VILLADA161, el homici-
dio preter intencional es: «una figura verdaderamente autónoma, el autor dirige
dolosamente su accionar a producir una lesión en el cuerpo o en la salud ymata sin
proponérselo, sin preverlo y con un medio querazonablemente nodebía causar este
último resultado».
Se tipifica el homicidio preterintencional en el tipo penal estatuido en
el art. 105. Del CP: «El que preterintencionalmente matare a otro, incurrirá en la
pena imponible de acuerdo con los dos artículos anteriores* disminuida de una
tercera parte a la mitad». En relación al homicidio preterintencional a sostenido
la jurisprudencia: «Si es responsable de las lesiones, pero sin ánimo de matar», está
haciendo referencia al homicidio preterintencional. En esta infracción penal, desde
el ámbito subjetivo se tienen lesiones personales, pero en el campo objetivo (en el
resultado) se tiene homicidio»162.
159 GÓMEZ LÓPEZ JESÚS ORLANDO. Teoría del Delito. Editorial Doctrina y Ley. Bo-
gotá Colombia. 2003.
160 ARBOLEDA VALLEJO MARIO - RUIZ SALAZAR JOSE ARMANDO. Manual del
Derecho Penal. Editorial Leyer. Bogotá Colombia. 2008.
161 VILLADA JORGE LUIS. Delitos Contera las Personas. Editorial la Ley. Buenos Aires
Argentina. 2004.
162 Sala De Casación Penal-Id: 405019-Tipo de Providencia: Sentencia-Fecha:
26/10/1972-MP: HUMBERTO BARRERA DOMÍNGUEZ.
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