Fuentes, metodología empleada y consideraciones conceptuales y terminológicas

AutorJosé Núñez Fernández
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Penal. Universidad Nacional de Educación a Distancia
Páginas33-42
33
CAPÍTULO I:
FUENTES, METODOLOGÍA EMPLEADA
Y CONSIDERACIONES CONCEPTUALES
Y TERMINOLÓGICAS
I. La jurisprudencia de la Audiencia Nacional y del Tribunal
Supremo como fuentes manejadas en el estudio
Para alcanzar los objetivos descritos en la introducción y siguiendo la me-
todología empleada en estudios previos 19, se analizan, a través del fondo juris-
prudencial del CENDOJ antes referenciado, las sentencias dictadas en proce-
dimientos incoados por terrorismo yihadista por parte del Tribunal Supremo
y de la Audiencia Nacional desde el 1 de enero de 2001 hasta el 31 de diciem-
bre de 2022 20. En la medida de lo posible las resoluciones se identifican con
el código ECLI 21. En todos los procedimientos se determina, además de otras
variables que ofrecen un retrato fenomenológico de esta clase de criminali-
19 Ver N F, J.: “Veinte años de terrorismo yihadista a través de la jurisprudencia de
la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo (desde el 1 de enero de 2001 hasta el 31 de diciembre de
2020)”, Revista de Derecho Penal y Criminología, n.º 28 (tercera época), 2022, pp. 217-255; N F,
J.: “La colaboración con la justicia de los condenados por terrorismo yihadista: posibles enseñanzas a par-
tir de un estudio jurisprudencial”, Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, n. º 23, 2021, pp. 1-38;
N F, J.: “La atenuante analógica de confesión tardía en casos de terrorismo yihadista: ¿Un
rayo de esperanza para las denostadas medidas premiales?”, La ley penal: revista de derecho penal, procesal y
penitenciario, n. º 141, 2019, pp. 1-22.
20 En el buscador de sentencias del CENDOJ se han seleccionado los siguientes criterios de búsque-
da: en el apartado de “búsqueda por texto libre” se han introducido las palabras “terrorismo” “yihadista”
“o” “islámico” “o” “islamista”; se ha seleccionado la “jurisdicción penal” y “sentencia” como “tipo de resolu-
ción”; en lo que respecta al tipo de órgano, se ha escogido la Sala de lo penal de la Audiencia Nacional, la
Sala de Apelación de la Audiencia Nacional y la Sala de lo penal del Tribunal Supremo; por último, en lo
que se refiere a la fecha de resolución, se ha abarcado desde el 1 de enero de 2001 hasta el 31 de diciembre
de 2022. La identificación de las sentencias, con todos los datos mencionados, se incluyen en el Anexo I de
este trabajo.
21 Acrónimo que se refiere al identificador europeo de jurisprudencia <
citación correcta e inequívoca de las resoluciones judiciales de los órganos nacionales y europeos» (ht-
tps://e-justice.europa.eu/175/ES/european_case_law_identifier_ecli; último acceso: 11/02/2023-).
Para un análisis sobre la conveniencia de utilizar este sistema de identificación, ver B S, J.:
“ECLI, Tribunal Supremo e identificación de resoluciones judiciales”, Revista Electrónica de Ciencia Penal y
Criminología, n. º 23 (2021), pp. 1-53. Disponible en red: http://criminet.ugr.es/recpc/23/recpc23-r1.pdf
(último acceso: 11/02/2023).

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