Filosofía del lenguaje jurídico

AutorRafael Hernández Marín
Páginas49-62
CAPÍTULO III
FILOSOFÍA DEL LENGUAJE JURÍDICO
La f‌ilosofía del lenguaje jurídico, que es el tema del presente capítulo, es
otra de las partes de la teoría de la norma jurídica.
1. LOS ENUNCIADOS EN GENERAL
Los enunciados o expresiones bien formadas de un lenguaje pueden ser
clasif‌icados desde diversos puntos de vista. Ello da lugar a varias clasif‌ica-
ciones de los enunciados. Por el momento, nos interesan las que se exponen
a continuación.
1.1. Clasif‌icación de los enunciados desde el punto de vista
de su alcance
Clasif‌icar los enunciados desde el punto de vista de su alcance signif‌ica
clasif‌icarlos atendiendo al número de entidades o individuos a los que los
enunciados se ref‌ieren.
Desde este punto de vista, se distinguen, entre otras, las dos clases si-
guientes: enunciados singulares y enunciados generales (aunque estos últimos
deberían ser denominados «universales»).
Enunciados singulares son los que se ref‌ieren a uno o más individuos de-
terminados. Ejemplos de enunciados singulares son los dos siguientes: «El Sol
brilla» y «María debe pagar la renta».

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