La extensión del contenido prescriptivo de los derechos de defensa
Autor | Juan Carlos Gavara de Cara |
Páginas | 59-79 |
CUADERNOS DE DERECHO CONSTITUCIONAL 59
La extensión del contenido prescriptivo
de los derechos de defensa
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1. La fundamentación de la ampliación del
contenido prescriptivo de los derechos de
defensa
Originariamente los derechos de defensa solo se es-
tructuran a partir de relaciones jurídicas entre los ciuda-
danos y el poder público, pero en su evolución se ha ido
determinando que son aplicables en las relaciones privadas
y pueden resolver problemas y conflictos en las relaciones
entre ciudadanos. Entre las causas últimas de este fenóme-
no se situaría el hecho de que los derechos de defensa pau-
latinamente han perdido eficacia para resolver problemas
en las relaciones entre los poderes públicos y los ciudada-
nos, seguramente debido a que en la actualidad el poder
público ya no puede ser considerado el principal infractor
1. La fundamentación de la ampliación del contenido prescriptivo de los
derechos de defensa. 2. Las consecuencias de la multidimensionalidad
de los derechos de defensa. 3. La eficacia positiva de los derechos de
defensa.
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JUAN CARLOS GAVARA DE CARA
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de estos derechos tal como sucedía tradicionalmente, ya
que paulatinamente han desplegado una mayor eficacia y
protección en los derechos fundamentales, de forma que
se ha convertido en su principal garante. Sin embargo, las
personas privadas en la medida que pueden adoptar una
posición predominante en las relaciones jurídicas pueden
ocasionar abusos y eventuales infracciones en los derechos
fundamentales ocasionadas frecuentemente en la inexisten-
cia de reglas jurídicas que no impidan dichos comporta-
mientos o que no exijan que se deba motivar y justificar
decisiones restrictivas de los derechos en las mencionadas
relaciones privadas, a diferencia de lo que sucede con las
decisiones de los poderes públicos.
Esta temática se encuentra conectada a la vincula-
ción positiva de los derechos de defensa, que generalmen-
te se plantea en el conflicto que da lugar a las acciones po-
sitivas de protección y dotación de eficacia a los derechos
fundamentales que es externo a la propia actividad de los
poderes públicos, ya que se articula en torno a las relacio-
nes jurídicas entre ciudadanos, de modo que los poderes
públicos a través de sus decisiones y acciones se encargan
de resolver el conflicto entre los derechos de defensa sin
haber participado directamente en el origen y gestación
del mismo42. En la resolución de dichos conflictos se pue-
42 Sobre la construcción histórica de los derechos de defensa, POS-
CHER, R., Grundrechte als Abwehrrechte, op. cit. p. 15 y ss. Sobre
la fundamentación de la vinculación positiva de los derechos fun-
damentales desde un punto de vista histórico, ISENSEE, J., «Das
Grundrecht als Abwehrrecht und als Schutzpflicht», en ISENSEE,
J.-KIRCHHOF, P. (Hrsg.), Handbuch des Staatsrechts der Bundesrepu-
blik Deutschland, Bd. V, C.F. Müller Juristischer Verlag, Heidelberg,
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