STSJ Cataluña 9016, 19 de Octubre de 2005

PonenteANGEL DE PRADA MENDOZA
ECLIES:TSJCAT:2005:9016
Número de Recurso4630/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución9016
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG :

fc ILMA. SRA. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

ILMO. SR. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA En Barcelona a 19 de octubre de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7954/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por Asunción frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Sabadell de fecha 29 de Octubre de 2004 dictada en el procedimiento Demandas nº 159/2004 y siendo recurrido/a LABORATORIOS KODAK SA. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20-2-04 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29-10-04 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la excepción de inadecuación de procedimiento, y estimando la de incompetencia de jurisdicción propuesta por la parte demandada, debo absolver y absuelvo a la empresa Laboratorios Kodak, S.A. de los pedimentos deducidos en su contra por Asunción , sin entrar a conocer sobre el fondo del asunto".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

Primero

La demandante, Asunción , con D.N.I. nº NUM000 , ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada Laboratorios Kodak, S.A. con antigüedad de 28-4-97 -según la parte actora- y de 12-05-98 -según la parte demandada-, categoría profesional de Ayudante Oficial de 3ª y salario anual bruto con inclusión de prorrata de pagas extras de 14169 euros.

Segundo

En fecha 29-12-03 la dirección de la empresa y la representación de los trabajadores alcanzaron acuerdo ante el Tribunal Laboral de Catalunya, referente al expediente de regulación de empleo planteado por aquélla, desconvocándose la huelga prevista con tal motivo. En la relación de trabajadores afectados por el mencionado expediente, adjunta a la citada resolución, figura el nombre de la actora.

(Folios 32 a 35).

Tercero

La Subdirecció General d'Afers Laborals i d'Ocupació de la Delegació Territorial del Govern a Barcelona, por resolución dictada el 08-01-04, autorizó la rescisión por la empresa demandada de los contratos de trabajo de 39 empleados de su plantilla -concretamente identificados en lista adjunta a dicha resolución-, entre los que consta la demandante. (Folios 36 a 45).

Cuarto

La actora, en fecha 30-05-00, solicitó a la empresa demandada la reducción de su jornada por cuidado de hijo menor de seis años, accediendo la empleadora a dicha petición y pasando desde entonces a realizar el 75% de la jornada. (folios 242 y 243).

Quinto

La demandante firmó escrito -en día ignorado del mes de enero de 2004- en el que se especifica que la empleadora le entrega la cantidad e 9570,55 euros en concepto de finiquito e indemnización por extinción de la relación laboral (Folio 90).

Sexto

La actora trabajaba para Percolor, S.A. desde el 28-04-97, sucediéndose diversos contratos de trabajo y prórrogas ininterrumpidamente hasta que en fecha 30-06-03 fue dada de baja en el sistema de Seguridad Social por aquélla y el 01-07-03 fue dada de alta por la demandada (folios 244, 248 y 249).

Séptimo

El día 04-02-04 se presentó papeleta de conciliación por la parte actora, celebrándose el correspondiente acto de ante el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya, concluyendo sin avenencia (folios 4 a 8).

Octavo

La demandante no ostenta ni ha ostentado cargo de representación legal o sindical de los trabajadores (hecho no controvertido).

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de suplicación se ha interpuesto por la representación letrada de la demandante contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Sabadell de fecha 29 de octubre de 2004 .

En dicha resolución la Juez de instancia previa desestimación de la Excepción de inadecuación de procedimiento y extinción de la incompetencia de jurisdicción propuesta por la demandada para conocer la pretensión de despido formulada por la trabajadora demandante, a la que se le había extinguido su relación laboral que le unía a la empresa con fundamento en una comunicación escrita de ésta, en la que se le notificaba el acuerdo de extinción fundada en una autorización...

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