STSJ Castilla y León 2163/2008, 16 de Enero de 2008

PonenteEMILIO ALVAREZ ANLLO
ECLIES:TSJCL:2008:73
Número de Recurso2163/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2163/2008
Fecha de Resolución16 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 02163/2007

Rec. Núm.2163/2007

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de la Sección

Dª.Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael A. López Parada

En Valladolid, a dieciséis de enero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 2163/2007, interpuesto por D. Carlos Miguel contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Palencia de fecha veintiocho de Septiembre de 2007, (Autos nº 321/2007), dictada a virtud de demanda promovida por mencionado recurrente contra la CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE PALENCIA; sobre DESPIDO.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de Agosto de 2007, se presentó en el Juzgado de lo Social de Palencia, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que estimaba referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:" 1°. - El actor D. Carlos Miguel, mayor de edad y con D.N.I. NUM000 por Resolución de 25-3-1997 de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia tiene reconocida la condición de minusválido, con un grado de minusvalía del 34%.- 2°.- La demandada Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia como empresario y D. Carlos Miguel como trabajador, suscribieron un contrato de trabajo temporal para beneficiarios de prestaciones por desempleo-minusválido fechado el 15-4-1997.

  1. 1.- De dicho contrato y a los fines de este procedimiento, destacan las siguientes cláusulas:

    - El trabajador contratado prestará sus servicios como limpieza-portería en el grupo profesional 10.

    - La jornada de trabajo será a tiempo completo de 37,5 h. semana prestada de lunes a sábado.

    - El trabajador percibirá una retribución total de 999.450 anuales ptas. brutas que se distribuyen en los siguientes conceptos salariales: salario base.

    - La duración del presente contrato será de un año y se extenderá desde 15-4-1997 hasta 14-4-1998.

  2. 2.- Se pactó una primera prórroga de 12 meses de duración hasta el 14-4-1999 y una segunda prórroga de 12 meses de duración hasta el 14-4-2000.- 3°.- D. Carlos Miguel como trabajador y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia como empresario suscribieron un contrato de trabajo indefinido para la contratación de trabajadores minusválidos fechado el 15-4-2000.

  3. 1.- A los fines de este procedimiento, destacan las siguientes cláusulas:

    - La duración del presente contrato será indefinida, iniciándose la relación laboral con fecha 15-4-2000.

    - El trabajador contratado prestará sus servicios como limpiador incluido en el grupo profesional/categoría/nivel 10.

    - El trabajador percibirá una retribución total de 71.125 ptas. brutas mensuales que se distribuyen en los siguientes conceptos salariales: salario base.

    - La jornada de trabajo será de 37,5 h. semanales prestadas de lunes a viernes con los descansos que establece la ley.

  4. 2.- En las nóminas, a efectos de antigüedad, se hizo constar 15-4-1997.

  5. 3.- El 30-3-2004, el Sr. Carlos Miguel presentó ante la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia un documento escrito a mano por el propio trabajador del siguiente tenor:

    " Carlos Miguel con DNI NUM000 y domicilio en la CALLE000 NUM001, piso NUM002 dcha. Palencia.

    Deseo que me den de baja voluntaria de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia con fecha 31 de marzo de 2004.

    Palencia 29 de marzo de 2004

    Firma: Carlos Miguel ".

  6. 4.- A los efectos de la TGSS, el Sr. Carlos Miguel figuró dado de alta para el empresario Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia desde el 15-4-1997 hasta el 31-3-2004.

  7. 5.- El 31-3-2004 le fue emitida nómina liquidación a D. Carlos Miguel por el concepto extra mes e importe bruto de 680,58 euros.- 4°.- D. Carlos Miguel como trabajador y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia como empresario firmaron un contrato de duración determinada a tiempo completo de interinidad fechado el 5-4-2004.

  8. 1.- De dicho contrato destacan, a los fines de este procedimiento, las siguientes cláusulas:

    - La persona contratada prestará sus servicios como limpiador ordenanza incluido en el grupo profesional/categoría/nivel 10.

    - La jornada de trabajo será a tiempo completo de 37,5 h. semanales, prestadas de lunes a viernes con los descansos que establece la ley.

    - La duración del presente contrato se extenderá desde 5-4 2004 hasta el 4-4-2005.

    - El trabajador percibirá una retribución total de según convenio euros brutos.

    - El contrato de duración determinada se celebra para la realización de la obra o servicio "sustitución trabajador por jubilación anticipada 64 años".

    - Al presente contrato le será de aplicación lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos.

    - Cláusula Adicional: contrato acogido al R.D. 1194/85. Sustituye a Pedro Jesús.

  9. 2.- D. Pedro Jesús es el padre de D. Carlos Miguel.

  10. 3.- A los efectos de la TGSS, D. Carlos Miguel figuró dado de alta para la empresa Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia desde el 5-4-2004 hasta el 4-4-2005.

  11. 4.- El 4-4-2005 se le expidió al trabajador una liquidación por importe de 701,19 euros brutos por el concepto "liquid. Extras", figurando como antigüedad 5-4-2004.

  12. 5.- El actor se inscribió como demandante de empleo en el INEM el 5-4-2005.- 5°. - D. Carlos Miguel como trabajador y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Palencia como empresario firmaron un contrato de duración determinada fechado el 6-42005.

  13. 1.- De dicho contrato destacan, a los fines de este procedimiento, las siguientes cláusulas:

    - La persona contratada prestará sus servicios como limpiador ordenanza incluido en el grupo profesional/categoría/nivel 10.

    - La jornada de trabajo será a tiempo completo de 37,5 h. semanales, prestadas de lunes a domingo.

    - La duración del presente contrato se extenderá desde 6-42005 hasta el 5-9-2005.

    - El trabajador percibirá una retribución total de 516,00 euros brutos mensuales que se distribuyen en los siguientes conceptos salariales: salario base.

    - El contrato de duración determinada se celebra para la realización de la obra o servicio "necesidades de atención...

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