STSJ Cataluña 932, 27 de Enero de 2006

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2006:932
Número de Recurso7232/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución932
Fecha de Resolución27 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG : 08019 - 44 - 4 - 2005 - 0010811 MT ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS En Barcelona a 27 de enero de 2006 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 790/2006 En el recurso de suplicación interpuesto por Marina frente a la Sentencia del Juzgado Social 18 Barcelona de fecha 16 de junio de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº

291/2005 y siendo recurrido/a Ajuntament de Vilafranca del Penedes. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25-4-05 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 16-6-2005 que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Dª Marina , contra el AYUNTAMENT DE VILANOVA DEL PENEDÈS, absolviendo a la entidad demandada de los pedimentos formulados".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La actora, Dª ; Marina , con DNI nº NUM000 , en fecha 27-10-1.997 suscribió con el Ajuntament de Vilafranca del Penedès, contrato de trabajo temporal, a tiempo parcial, para atender el exceso de tareas que se han producido temporalmente, con la categoría profesional de Educadora. En dicho contrato se estableció una duración inicial hasta el 31-12-1.997, pactándose una primera prórroga hasta el 31-1-1.998, y una segunda prórroga hasta el 26-4-1.998.

  1. - En fecha 18 de mayo de 1.998 la actora suscribió con la entidad demandada contrato de trabajo de interinidad para sustituir la baja por excedencia de Dª Dolores , con la categoría de Educadora social.

  2. - La actora viene percibiendo un salario diario de 68'82 euros.

  3. - Dª Dolores en fecha 10-2-1.998 solicitó pasar a situación de excedencia voluntaria por un año por maternidad, con reserva del puesto de trabajo, que le fue concedida con efectos de 11-3-1.998, dicho plazo fue prorrogado en un primer momento hasta el 11-3-2.00, con reserva de puesto en el mismo grupo profesional o categoría equivalente, y una segunda prórroga hasta el 10- 3-2.001 con reserva del puesto en el mismo grupo profesional o categoría equivalente.

  4. - En fecha 10-3-2.001 se extinguió el contrato de trabajo de Dª Dolores .

  5. - En fecha 11-10-1.004 la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès, acordó iniciar proceso de selección por concurso de méritos libre, para la provisión definitiva de las dos plazas vacantes de técnico medio, asimiladas al Grupo B, adscritos a los puesto de trabajo de Educador Social, incluidas dentro de la Oferta Pública de Empleo del año 2.003. aprobado en fecha 30-6-2.003, y publicado en el DOGC de 19-8-2.003. y en el BOE de 23-11-2.004.

  6. - En las bases de la convocatoria publicadas en el DOGC de 28-10-2.004, se especificaban las dos plazas de Educador Social con referencia 30709 y 30711.

  7. - La actora participó en dicho proceso de selección, siendo propuestas para el nombramiento como Educadores Sociales con carácter de laboral e indefinido las dos personas que más puntuación alcanzaron, Gonzalo y Camila , según el Acta del Tribunal cualificador 17-2-2.005.

  8. - En fecha 28-2-2.005 fue aprobado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès al acuerdo del Regidor Coordinador de Servicios Internos de fecha 23-2-2.005 en el que, entre otros extremos, se decidió resolver la relación laboral vigente con Dª Marina al no haber superado el proceso selectivo para las dos plazas de Educación Social al que se presentó, con efectos de 14-3-2.005; y contratar de forma indefinida a Gonzalo como técnico medio adscrito al puesto de trabajo de Educador Social (referencia 30709), y a Camila como técnico medio adscrito al puesto de trabajo de Educador Social (referencia 30711).

    Dicho Acuerdo fue notificado a la actora.

  9. - En fecha 15-3-2.005 el Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès entregó a la actora aviso de finalización de contrato, en los siguientes términos:

    "El proper día 14 de març de 2005 finalitza del contracte de Treball Temporal subscrit amb vostè, quines dades figuren en l'encapçalament d'aquest escrit. En compliment de les mormes vigents sobre contractació de personal, se li comunica que en la data indicada quedarà rescindida a tots els efectos la seva relació laboral amb l'empresa". En dicha comunicación se indicaba como datos del contra lo siguientes:

    "Contracte: De durada determinada.

    Data de Registre: 22-5-1.998.

    Durada: Del 18-5-1.998 al 14-3-2.005"

  10. - Según certificación aportada por el jefe de Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Vilafranca del Penedès la referencia 20711 se corresponde con un puesto de trabajo de Educador social que en el momento en...

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